Perdona la pregunta ¿si por ejemplo tienes una octava parte de una propiedad que has heredado, pero que todavia vive la otra parte? eso lo pueden embargar? GraciAS
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No, pero sí pueden poner una anotación de embargo
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De casa que te pueden embargar , si no tienes dinero , ni joyas , solo lo tipico televisor, muebles ,ropas que te pueden quitar, gracias
Eso es inembargable. Absolutamente nada de eso pueden tocarlo.
Una duda que se me ha quedado con esto. No me opuse al monitorio ya que el juez vio clausulas abusivas y actuó de oficio rebajando la cuantía y no he ingresado nada en la cuenta del juzgado esperando a que ejecutaran el embargo ya que no disponía de la cantidad que sentenciaron que debía pagar. Entiendo que he hecho mal, que en estos 20 días debía haber ido consignado de "a poquitos". Me han dejado un aviso para pasar por el juzgado el lunes que supongo que sea la sentencia definitiva ya que no me he opuesto. Mi pregunta es, ¿puedo consignar dinero en esa cuenta o al haber pasado los 20 días de plazo ya no puedo?
Sí puedes. Eso no tiene fecha de caducidad (por llamarlo de alguna manera).
Primero, felicitaros por el gran trabajo. Y un enorme agradecimiento por las horas de vuestra vida, dedicadas a ayudar a tantas personas y familias.
Sobre este tema tengo unas preguntas.
.-Qué repercusión puede tener no facilitar al juzgado la información, sobre mis fuentes de ingresos, qué solicita?
.-Si el requerimiento certificado del juzgado, la ha firmado y recogido una persona qué no soy yo, Puedo alegar desconocimiento de la misma?
.-Si les doy una información, incompleta, qué ocurre? es decir si en la lista de clientes, solo doy algunos y no todos. ( puedo pensar qué si van a comprobar la información con hacienda, para qué me la piden a mí? por qué no van directos a por ella a hacienda?
Gracias.
Bueno, veo que me he equivocado al no oponerme. No me entero leo y pienso que lo tengo claro y veo que no, al ejercer de "oficio" el juzgado y ver clausulas abusivas tenía que esperar y así lo hice, lo siguiente fue la resolución que me indicaba donde satisfacer la deuda, y pensé que lo que le llegaría sería el embargo. Bueno, de todo se aprende
Si el juez ve indicios de clausulas abusivas, te mandan el monitorio con la reduccion que el señor crea conveniente.
A partir de ahi, tiene 20 dias para oponerte o para pagar.
Tengo entendido, que cuando el juez rebaja las pretensiones del demandante, es mejor no oponerse...que alguien me corrija si estoy en un error.
Pues yo tengo una duda.
Si haces acuerdo extrajudicial con quien te demanda, vas pagando y aún así pide despachar la ejecución que tienes que hacer?
Y de hecho cuando te informan que te van a embargar?
Lo que tienes que hacer es NO FIRMAR UN ACUERDO EXTRAJUDICIAL. Todo, todo, todo, absolutamente todo, ha de ir vía juzgado.
Ya ves me estoy viendo que he estado pagando 260 € durante un año, con acuerdo a 40 meses y me van a dar cera de la buena,
Pero acabo de ver en la sede judicial de la generalitat que está subida la solicitud de despachar la ejecución y hay 2.000 pavos más, de lo que marcaba la sentencia.
Y lo que más rabia me da, es que el primer mes por no discutir pagué dos veces, y he faltado sólo a un pago,
No sé hasta que no me notifiquen que es de finales de Julio la solicitud, miro si puedo y lo liquido siempre y cuando no me notifiquen, una vez me notifiquen ya no se puede hacer más.
Pues al final creo que voy a tener suerte.
Se ha solicitado la Suspensión de la Ejecución Dineraria, HOIST FINANCE ha verificado los pagos y se ve que los estaba computando en otro lado, después de enviar los justificantes.
Tanto el abogado como procuador de HOIST, me aseguran que con fecha de ayer se envió al Juzgado la Suspensión de la Ejecución.
El lunes llamaré al juzgado a ver.
Hola! En vísperas de Navidad, traigo un regalo, o eso creo nose jajajaja,
A ver, me ha llegado una demanda de ejecución por una cantidad de 200€ pero justamente ahí grapado también, llega un decreto en el que dice que no me pueden embargar cuentas porque cobro menos del smi, pero me embargar las cantidades que pueda recibir de la agencia Tributaria, declaración de la renta que me devuelven.
Pero mi duda es, tengo una casa de protección oficial a mi nombre, la estoy pagando todos los meses , mi duda es que si por la cantidad de 200€ me pueden intentar embargar la casa? No creo que por esa cantidad puedan embargar una casa o nose, por eso me gustaría que me asesoren.
Lo único que si la casa está a tu nombre pueden ponerte una anotación de tal forma que no podrias vender la casa sin quitar ese embargo
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Y de esa anotación me avisarían de alguna forma ? Creo que puede llegar alguna demanda más por esas cantidades, hasta que cantidad pueden intentar embargar mi casa?
Gracias Maribelica la verdad es que me quedo más tranquilo, aunque supongo que si siguen llegando cantidades así, habrá una cantidad total que quizás si puedan embargar?
Te tiene que avisar el dueño de la deuda aunque no se si tiene obligación
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Yo creo que por 200 € no te van a embargar y poner nota en el registro me parece ridículo.
Perdona efcarrasco, tienes toda la razón, ya abrí nuevo tema
Y esto lo pones en el hilo de "Cuanto tardan en embargar?" porque... porque... por qué? ABRE UN HILO CON TU PROBLEMA Y NO USES HILOS ABIERTOS, QUE NO SON TUYOS, O NOS VAMOS A VOLVER (MAS) MAJARAS. Que llevas aquí tres años y ya deberías saber cómo funciona esto. Desde luego en este hilo los asesores no te vamos a responder. Abre tu propio hilo y allí te responderemos. Gracias.
Buenas, entonces...
Una vez transcurridos los 20d el juzgado que lleva el monitorio el juez despacha la ejecución.
Aún sin petición de la parte que ha demandado?
Al despacharla que notifica?
Buenas, entonces...
Una vez transcurridos los 20d el juzgado que lleva el monitorio el juez despacha la ejecución.
Aún sin petición de la parte que ha demandado?
Al despacharla que notifica?
Vale, muchas gracias.
¡Hola!
A mi padre le reclaman 2200 euros de Bulnes Capital y no puede pagarlo. El está divorciado desde hace 1 año de mi madre pero la casa es de los 2. Si deciden embargarle la casa se la quitarán a ella también? A pesar de que la deuda es solo de él?
Gracias
Muchas gracias por contestar. Ya está demandado y hoy fue a juicio dándole 20 días para pagar pero no tiene dinero..
A ver qué dicen los asesores
Dudo mucho que Bulnes quiera media casa. Quieren dinero.
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Eso no va así... ¿Por cuanto le han demandado...?.. ¿Quien ha ido a juicio?.. ¿Quien le ha defendido?.. ¿Donde está la sentencia?.. Jamas en juicio se habla nada de embargos ni dan 20 dias sin sentencia condenatoria.....
Eso debe estar escrito en una sentencia...
Mientras no vea con mis ojos la demanda, perdoname pero no se sostiene nada de lo que dices... Las cosas en los juzgados no van así. Y una cosa muy importante..
BULNES CAPITAL NO DEMANDA POR CANTIDADES MAYORES DE 2000€ si son deudas de microcreditos... Por ahora.
PIANOMAR.... ESTE HILO NO ES TUYO Y NO PUEDES HACER TUS CONSULTAS AQUÍ... ABRE UN HILO TUYO PROPIO.
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Disculpa, abriré hilo. Me acabo de hacer cuenta y aún no se muy bien como va. Me he expresado fatal también, pero soy farmacéutica y no controlo nada la terminología de estas cosas...
Gracias!
Buenas noches,
tengo una duda: recibí una notificación de proceso monitorio por una deuda de 11900€ de la financiación del coche, por estar 3 cuotas sin poder pagar. Ya han pasado los 20 días hábiles en los que no contesté nada puesto que no tenía abogado ni procurador. Ahora después de un par de meses, he conseguido 10000€ para poder hacer frente a la mayor parte de la deuda. Me aconsejáis ingresar el dinero en la cuenta indicada en la notificación del juzgado? Ponerme en contacto con la financiera no, verdad? Y si ya han pasado un par de meses desde la notificación... debo ponerme en contacto con el juzgado de alguna manera antes de hacer el ingreso?
Muchas gracias.