NO SE DONDE PONER ESTO Y NECCESITO AYUDA URGENTE
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conce66
buenos dias, bueno pues nada actualizo el estado de las 3 danas que envie a Dispon, My kredit y Vivus, ninguno me ha contestado, y el unico My kredit me sigue envianddo recordatorios de que les debo 1700 euros por 600 que pedi,ellos me deben 736 a mi, Dispon desde su ultimo correo tampoco nada, y vivus tampoco asi que me tocara esperar el mes a ver.
¿Las enviaste con burofax?
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conce66
buenas tardes, me tienen ya negra los de dispon, cada dia me siguen mandando el recordatorio de que les debo con toda su chuleria, despues de mandarles el burofax y no decir ni pio, que hago , estoy por reenviarselo pero por mail tambien a ver que contestan, se lo envio?
Sí, reenviarlo por correo electrónico es buena idea, especialmente si adjuntas el burofax escaneado o en PDF, mencionando que ya fue enviado previamente y exigiendo una respuesta inmediata y por escrito.
Asunto: Reiteración de comunicación formal – Reclamación pendiente
Cuerpo del mensaje:
Buenas tardes,
Adjunto nuevamente el burofax que les fue remitido con fecha [indica la fecha de envío], del cual no han tenido la mínima cortesía ni obligación legal de acusar recibo ni dar respuesta.
Resulta inaceptable que, pese a haber formulado una reclamación formal por los cauces legalmente previstos, sigan enviándome recordatorios automatizados cargados de tono amenazante y chulesco, ignorando deliberadamente la comunicación recibida.
Les exijo que cesen de inmediato este acoso injustificado y que respondan, por escrito y sin más dilación, al contenido del burofax que les reitero adjunto. En caso contrario, entenderé su silencio como una negativa a resolver el asunto por vía amistosa y me veré obligada a ejercer las acciones legales pertinentes ante la Dirección General de Consumo y otras instancias competentes.
No admitiré más evasivas ni mensajes genéricos. Exijo una respuesta clara, formal y definitiva en un plazo máximo de 5 días naturales.
Atentamente,
[Tu nombre completo]
[Tu DNI, si lo consideras necesario]
[Tu dirección de contacto, si quieres añadirla]
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Elperegrino
Yo también lo voy a hacer
Conce66 lo enviamos mañana a las 10 de la mañana? Sincronización y coordinación
Perfecto.
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NO SE DONDE PONER ESTO Y NECCESITO AYUDA URGENTE
Asunto: Respuesta a su presión reiterada
A la atención del remitente:
He recibido su nuevo mensaje en el que, una vez más, insisten en que “cuanto antes empiece a pagar, mejor para mí”. Agradezco su aparente preocupación, aunque resulta evidente que su verdadero interés no es el mío, sino continuar aplicando presión para que acepte unas condiciones que están siendo objeto de revisión legal.
Les advierto que ese tipo de frases, que en apariencia pueden parecer inofensivas, forman parte de una estrategia de hostigamiento encubierto que no pasará desapercibida. Su insistencia sistemática puede ser calificada como acoso, y como tal, será aportada como prueba ante el juzgado en caso de procedimiento judicial.
Les recuerdo, una vez más, que:
Está en entredicho la validez del contrato en virtud del artículo 1 de la Ley de Represión de la Usura, por estipular intereses notablemente superiores al normal del dinero.
Existe jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo (STS 628/2015, 149/2020, entre otras) que declara la nulidad radical de contratos con intereses desproporcionados.
Cualquier intento de cobro por medios que excedan la buena fe puede considerarse un ejercicio abusivo del derecho conforme al art. 7.2 del Código Civil.
La reiteración de mensajes con contenido coactivo puede derivar en responsabilidad administrativa o incluso penal, conforme a lo previsto en la Ley de Competencia Desleal y el Código Penal, en materia de coacciones.
Si lo que buscan es que “mejore mi situación”, lo harán mejor respetando los cauces legales y cesando en el envío de mensajes que rozan el chantaje emocional. No será una frase suya la que determine lo que es mejor para mí. Será un juez quien decida, y todo lo que ustedes están escribiendo formará parte del expediente judicial.
Atentamente,
[Tu nombre o iniciales, si deseas firmar]
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Elperegrino
Me parece muy poco profesional y una falta de educación y respeto que sigan como el conejo de las pilas en bucle. Ahora mismo les respondo con el texto que acaba de publicar Maribelica.
Da igual.. Tu sigue provocando sus respuestas con los escritos y guárdalas.
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NO SE DONDE PONER ESTO Y NECCESITO AYUDA URGENTE
Asunto: Respuesta a su mensaje intimidatorio
Estimados señores:
He recibido su escueto y alarmista mensaje:
“Cada día que pierdes estando en mora tu deuda aumenta. Luego no te quejes.”
Permítanme agradecerles tan profundo ejercicio de atención al cliente, digno de los mejores manuales de hostigamiento financiero. No esperaba menos de quien pretende cobrar una supuesta deuda con amenazas veladas y una redacción más propia de un cobrador de barrio que de una entidad seria.
Procedo a ilustrarles, ya que parece que la pedagogía jurídica no ha llegado aún a su departamento:
1. El artículo 7 del Código Civil español recoge el principio de buena fe, que debe presidir el ejercicio de cualquier derecho, incluso el de crédito.
? Las comunicaciones como la suya podrían considerarse contrarias a este principio, lo que podría anular su efectividad como reclamación válida.
2. El acoso para el cobro de deudas puede constituir infracción en materia de consumo, según la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007), artículo 44, así como sanción por la Dirección General de Consumo competente.
? Si se repite un mensaje en este tono, me reservo el derecho de presentar una denuncia administrativa.
3. El Tribunal Supremo (STS 566/2019, de 22 de octubre) ha reiterado que no basta con alegar una deuda: hay que acreditar su existencia, validez y cuantía, especialmente si se trata de intereses abusivos o comisiones camufladas.
? Me gustaría saber si disponen de esa documentación o simplemente confían en el miedo como método de cobro.
4. Además, recuerden que en materia de usura, la Ley de 23 de julio de 1908, sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios, permite la anulación de cualquier crédito con intereses "notablemente superiores al normal del dinero" y "manifiestamente desproporcionados".
? Así que sí: quizá debería quejarme… pero al juzgado, no a ustedes.
Les invito cordialmente a remitirme, por escrito y de forma fehaciente, toda la documentación que acredite la deuda que mencionan, desglosando el principal, los intereses y los posibles recargos, conforme a la transparencia exigida por el Banco de España y la jurisprudencia del TJUE en materia de cláusulas abusivas (caso C-42/15, entre otros).
Hasta entonces, les ruego que se abstengan de enviar más mensajes que parecen más una amenaza de patio de colegio que una reclamación legalmente válida.
Sin otro particular, y esperando que su próximo mensaje cumpla al menos con las mínimas formas del derecho civil y del respeto al consumidor,
Atentamente,
[Tu nombre o alias legal]
En colaboración con la Asociación de Consumidores A.C.U.S.A.
NO SE DONDE PONER ESTO Y NECCESITO AYUDA URGENTE
No os canses... Seguid reclamándole mil veces si hace falta y guardad sus respuestas, a ver quién ríe el ultimo
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NO SE DONDE PONER ESTO Y NECCESITO AYUDA URGENTE
Tu sigue... Espera que te hago otro
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NO SE DONDE PONER ESTO Y NECCESITO AYUDA URGENTE
Asunto: Contestación a su segundo mensaje intimidatorio
Estimados señores:
Gracias por su nuevo intento de intimidación camuflado bajo la fórmula de “atención al cliente”.
Su frase:
“Es lo normal cuando tienes dos deudas impagadas con nosotros. Un saludo.”
merece, al menos, una respuesta a la altura de su escasa cortesía y dudosa legalidad.
¿Lo normal?
No. Lo normal en un Estado de Derecho no es lanzar reproches o amenazas veladas sin procedimiento alguno.
Lo normal es acreditar la deuda, notificarla formalmente y permitir el ejercicio de derechos al supuesto deudor.
Lo normal es actuar conforme a la legislación vigente, no practicar el cobro por presión psicológica.
Les recuerdo que la Ley de Crédito al Consumo (Ley 16/2011) exige total transparencia e información clara sobre las condiciones del crédito. En caso de no haberla, la nulidad del contrato o la de sus cláusulas abusivas puede ser total o parcial, como ha establecido reiteradamente la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del TJUE.
Además, el tono condescendiente y amenazante que emplean puede vulnerar derechos fundamentales del consumidor, recogidos en el artículo 51 de la Constitución Española y desarrollados por el Real Decreto Legislativo 1/2007.
De hecho, según la Sentencia del Tribunal Supremo 96/2020, de 13 de febrero, la utilización de prácticas de presión o intimidación para cobrar una deuda puede dar lugar a indemnización por daños morales e, incluso, responsabilidades penales si persisten en el acoso.
Les exijo:
1. Que cesen de inmediato en este tipo de comunicaciones improcedentes.
2. Que remitan, si se atreven, toda la documentación contractual y contable que respalde su reclamación, de forma clara y detallada.
3. Que recuerden que el envío de comunicaciones intimidatorias y no solicitadas podrá ser objeto de reclamación ante la Dirección General de Consumo, así como ante la Agencia Española de Protección de Datos si afecta a mis derechos como persona titular de los datos.
No les temo, señores. Les estudio.
Y cada línea suya me da más argumentos para ir donde verdaderamente se rinden cuentas: ante el juez o la administración competente.
Atentamente,
[Tu nombre o alias legal]
Miembro de la Asociación de Consumidores A.C.U.S.A.
A disposición para seguir dialogando… jurídicamente.
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Elperegrino
Voy a enviarlo ahora mismo.
Gracias infinitas
Erre que erre
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