Ostras perdona. Ni me había dado cuenta
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Hola necesito vuestra ayuda me van a embargar unos 1300 de deuda me lo harán de nómina ganó 1000 y quería saber más o menos son 79 embargables de nómina si el resto le me gustaría saber si los 900 restantes van a nuestra cuenta personal en la cual no hay nada también me lo podrían quitar y embargar o eso no???
Mil gracias x tdod
si mas o menos 79 , el resto es para usted todo. Respecto a cuando le ingresen la nómina ... debe de sacar el dinero lo antes posible. Por si acaso. La empresa le realizará el ingreso normalmente. (descontando el embargo)
Son 1000 con pagas prorrateada más k nada es porque tengo gastos domiciliados en esta cuenta y es un puñeta haber cómo lo hago si no....
Mejor si el deudor se pone como autorizado en las cuentas.
Si el sueldo son 1.000 euros con las pagas prorrateadas te embargarán sólo 42 euros y no 79 ya que, en ese caso, el SMI prorrateado es de 858,55 euros y no de 735,90...
Buenas tardes,
Estoy un poco perdida y no se como actuar ante un embargo de cuenta corriente.
El día 15 de mayo me embargan de mi cuenta 20,41 lo que tenia en ese momento en la cuenta. Este embargo me viene por una deuda con banco cetelem, por importe de 2048€. Ya pidieron embargar nómina, pero como es de 534€ no han podido embargarla.
Mi sueldo no me lo domicilian, me pagan en mano, pero en esa cuenta ingreso el dinero de recibos domiciliados, teléfono, luz etc...
Que pasará ahora? Todo dinero que meta en esa cuenta me lo quitaran directamente? Como se hace para pagar los recibos? Estoy muy preocupada, no se que hacer si ya no puedo volver a usar esa cuenta. Por favor, necesito orientación. Me llegó la notificación del juzgado hoy sobre el embargo de esa cuenta y que puedo interponer recurso, no se como hacerlo, no tengo abogado y además ya está embargada por 20 míseros euros.
Un saludo
Dos cosas. Bueno no, tres:
1) Pásate por presentaciones para que podamos saludarte y darte la bienvenida al foro.
2) Para interponer el recurso debes tener algo con lo que se sustente el mismo. No sé exactamente qué es lo que quieres alegar.
3) Las cuentas sufren barridos puntuales no barridos a futuro. Y cada vez el acreedor tiene que solicitarlo al juzgado. Si coincide que en ese momento hay dinero lo embargan. Pero no es un "embargo permanente".