Así es, si el deudor cree que se acabó todo por la prescripción de la deuda, está muy equivocado, para el juzgado atender una demanda no le interesa saber si está prescrito o no, procede, es el deudor quien debe defender la prescripción.
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Pagan el precio de la ignorancia, que a veces es muy alto.
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pero si los pedi despues del estado de alarma a mi eso no deveria afextarme para la prescion digo no marbelica
Correcto. Si los has pedido después del estado de alarma son cinco años (diez en Cataluña) sin prórroga ninguna.