Buenos dias yo creo que segun he leido algo se puede reclamar por aqui tambien
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Buenos dias yo creo que segun he leido algo se puede reclamar por aqui tambien
Estas son todas las escrituras, tengo una novacion de la que no tengo ningun documento
Si que hay cláusula abusiva, el problema que puede existir es que esto en principio parece que iba dirigido a consumidores y he leído en un post anterior que era una SL la que constaba como prestataria. No sé, podrías reclamar igualmente, pero la desventaja es que tienen muy fácil el argumento para denegar, aunque tampoco sabemos actualmente si pueden llegar a cambiar las cosas en un futuro no muy lejano.
Bueno yo ayer hable con un abogado, y me dice que aqui en mi provincia, si que son reclamables , tanto para sl como para empresas
Ah, ahí me pillas, lógicamente un abogado tiene más información -a nivel provincial- (o la interpreta correctamente, a nivel nacional). Lo que si pienso que sería prudente es que a nivel provincial pidieras una segunda y hasta una tercera y cuarta opinión, más que nada por verificar que se atienen todos a la misma jurisprudencia.
Ok, pues pediremos mas opiniones.
Ahora el problemas mas urgente pienso que es el que el martes, como ultimo dia me ha dado el banco, para pagar un recibo y paralizar la ejecucion de la hipoteca, nose si pedir prestado algo de dinero a algun familiar y pagar ese recibo para ganar algo de tiempo, o si decirles, hacer lo que tengais que hacer, pero seais que os voy a reclamar estos gastos, para ver si ofrecen algo.
Que me sugeris
No sé, a lo mejor es cuestión de que tomes una visión más global del asunto y con global me refiero a no centrarte estrictamente en el problema bancario, sino en ver si el negocio puede ser viable en el corto y medio plazo. Si no, es posible que te veas abocado a tener que impagar además de al banco a familiares y demás, creando una espiral destructiva.
Y por otro lado, si decido no pagarles ese 4 recibo, que dicen que es el mas urgente, y ejecutan cual seria el proceso? por que ellos me dicen que no me dejarian ingresar cualquier cantidad para mermar la deuda, que deberia ser al menos 3/4 partes del vencido. Tendria que irme el dia 1 de aqui y darles las llaves o como? que apuroooooos.
Gracias
¿Como que irte el dia 1 y darles las llaves? Hasta que te lo diga un juez tú no te mueves de ahí.