No creo, salvo que tuviera un valor significativo.
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No es lo iormal no???
Además que ahora estoy parado pero cuando trabajo soy comercial y es mi herramienta de trabajo
Además que están financiados actualmente se siguen pagando
Por experiencia propia te diré...
Hace 45 años, la comitivad judicial, por orden del juez, por deudas entraban en las casas y se llevaban todo y cuando digo todo es todo..hasta la braga faja de la abuela.. dejaban el piso pelado..
Por suerte las leyes cambiaron..
Y ahí cosas que no se pueden embargar, entre ellas la braga faja de la abuela.
Un saludo.
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Entiendo a el móvil personal siendo una deuda del coche de 10000 euros no creo no entonces???
Es q repito, cuando trabajo es mi herramienta de trabajo soy comwrcial
Por norma general van a tu casa a Registrarte??
Repito, las leyes cambiaron y salvo que ese teléfono sea un garante para esa deuda, no te lo van embargar, esto no es Estados Unidos y embargos a lo bestia...
En cuanto a lo de herramientas de trabajo, si el móvil fuera el garante de la deuda impagada, sería la apreciación de su señoría el juez/a el que decidiría dicho embargo del mismo por existir una aplicación ambigua sobre si es o no imprescindible para la ejercion de tu trabajo, he visto embargar furgonetas que eran la única forma y herramienta para ejercer el trabajo del embargado.
Pero ciñéndonos a tu pregunta, la respuesta es:
No te van a embargar el móvil.
Un saludo.
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Se puede pedir una ejecución de títulos para una deuda parcial??
Es que yo debía en letras pendientes unos 2000 euros. Y había pagado 7000
Aparte me quedan de préstamo 10000
Pero en la página de Santander me sigue apareciendo la financiación del coche activa
Pueden haber ejecutado solo esos 2000 o tiene que ser por fuerza el íntegro?
En general, en España se puede solicitar la ejecución parcial de un título, siempre que se cumplan las condiciones legales establecidas en los artículos 517 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Esto significa que, si una parte de la deuda está impagada, el acreedor puede ejecutar únicamente esa parte concreta, y no necesariamente la totalidad del préstamo, siempre que haya un título válido que lo respalde (como un contrato, un pagaré o una letra de cambio).
En tu caso, hay algunos puntos clave a considerar:
1. Ejecución parcial de la deuda:
Si solo quedan pendientes 2.000 euros de las letras (y está claro que los 7.000 ya han sido pagados), el banco podría haber solicitado la ejecución únicamente de esa cantidad. Esto es posible y válido legalmente.
2. Deuda total del préstamo:
Los 10.000 euros restantes del préstamo parecen ser una parte diferente del contrato, posiblemente vinculada a la financiación del coche. Si en la página de Santander el préstamo sigue apareciendo activo, puede significar que esos 10.000 euros no se han incluido en la ejecución de las letras impagadas, ya que forman parte de una deuda diferente.
3. Diferenciación de obligaciones:
Si el contrato del préstamo está dividido en diferentes conceptos (letras por un lado y financiación del coche por otro), el acreedor puede ejecutar lo que corresponda según los términos contractuales, pero no necesariamente tiene que incluir toda la deuda en una misma ejecución.
4. Acción del banco:
Podría ser que el banco haya iniciado la ejecución solo por los 2.000 euros pendientes y haya mantenido activa la financiación del coche como un contrato vivo. Esto es habitual en préstamos donde existen diferentes partidas de deuda o diferentes fases de amortización.
¿Qué puedes hacer ahora?
Revisar el contrato: Comprueba si el contrato de financiación permite una ejecución parcial y si la deuda está claramente diferenciada en conceptos.
Solicitar un detalle actualizado: Ponte en contacto con el banco para pedir un desglose de lo que has pagado y lo que queda pendiente. Esto te permitirá aclarar si la ejecución es parcial o total.
Consultar el juzgado: Si ya se ha iniciado una ejecución judicial, solicita acceso al expediente para verificar qué cantidad exacta se reclama.
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Te comento
Cuando digo letras me refiero a mensualidades
El préstamo yo debía 12000, 10000 de futuras mensualidades y 2000 de mensualidades vencidas (10 cuotas de 200 euros)
De repente ya no aparece en la página del Santander 12000 de restante sino 10000 por eso mi pregunta de si han podido ejecutar solo esa parte
Esto es un préstamo coche ante notario por eso entiendo que mediante títulos no judiciales han podido ejecutar solo esa parte y no el total
Es una suposición pero quería saber si era posible
Te estas liando mucho con este tema. Es sencillo.
Olvidate si te van a embargar el móvil o la caseta del perro o la caja de herramientas, eso son pamplinas.
La demanda de ejecucion de títulos no judiciales, tiene que ir muy bien detallada y especificada por el demandante.
Te pedirían lo que te falta que pagar, más los intereses pactados más los intereses de demora , más el 30% de costas del total de sumar todo eso, todo va incluido en la ejecución.
Las cuotas que hayas pagado, pagadas están.
Ellos presentan la demanda de ejecución, el Juzgado la revisa, si admite la ejecucion, pues eso te Dan 10 días para que te opongas.
También el Juzgado puede no admitir dicha ejecucion de principio, por alguna irregularidad.