No Caninus, es mejor enredar las cosas para que el deudor no se de cuenta y ganen la lagartija y el buitre.
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No Caninus, es mejor enredar las cosas para que el deudor no se de cuenta y ganen la lagartija y el buitre.
Cago en la p--a: y si no se pide la rescisión de contrato, a estos hay que jxxxxx de alguna manera, jajajajaja:
4.º Los contratos que se refieran a cosas litigiosas, cuando hubiesen sido celebrados por el demandado sin conocimiento y aprobación de las partes litigantes o de la Autoridad judicial competente.
Acción: demanda al canto que te pone el buitre. Te opones. Ya es litigioso. Demandas al buitre cesionario y al hij p--a cedente por celebrar su puñetero contrato y tu no saber de la misa ni la mitad (nunca has recibido notificación alguna). A ver que dicen. No, es broma, pero ya me jxxxx, ya, jajajajaja
Estas confundido Sanblas.
No hay cesion al deudor.
El deudor es el que ejerce el derecho de retracto cuando tiene una deuda en litigio que es propiedad de un cedente,este cedente se la vende al cesionario y el deudor tiene 9 dias desde que conoce la cesion del credito litigoso,para ejercitar el retracto contra el cesionario.
Estais hablando de cosas distintas y teneis razón los dos.
La cesion es entre cedente(el que vende, financiera) y cesionario(el que compra, fondo buitre en la mayor parte de los casos), y el deudor es el que ejerce el derecho de retracto o compra cuando contesta a la demanda y pretende comprarla al cesionario.
No se si me he explicado o la he liado mas :rolleyes:
El punto 4 no se refiere a la cesion entre el cesionario y el deudor.
Por eso digo que no hay cesion al deudor.
La cesion es entre el cedente y el cesionario y el deudor es el que tiene una deuda en litigio que cede el cedente al cesionario.
Y el deudor es quien ejerce el retracto contra el cesionario. Cuando el cesionario le comunica la compra de ese credito litigoso.
Entonces a lo entendido es que si esa deuda la adquieren en 2014 y el adqueriente nos demanda en el 2016 no podemos ejercer el derecho de retracto.
Es así como yo lo entiendo y como me comento el abogado que por esa vía no podiamos hacer nada.Un saludo.