Pienso que se refiere a un recurso de apelación. Como la sentencia creo que la debió dictar un Juez de Primera Instancia, daría paso a la Audiencia Provincial para resolver esa apelación. Lo que ya no tengo tan claro es lo de la gratuidad, ya que se supone que las personas físicas no pagan tasas, pero por otro lado, no sé si se considerará como tasa el Depósito general para recurrir de 50 eureles.