Eso es algo nuevo, no? Vamos, yo no lo había visto. Es un poco como: Mira, te vamos a meter unos intereses usureros, pero tu, como eres tan ignorante y estás tan necesitado, los vas a aceptar.
En finnnn
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Eso es algo nuevo, no? Vamos, yo no lo había visto. Es un poco como: Mira, te vamos a meter unos intereses usureros, pero tu, como eres tan ignorante y estás tan necesitado, los vas a aceptar.
En finnnn
¿Alguien me puede decir, si podemos renunciar a un derecho? Es que me parece muy fuerte.
Es que según Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.
Artículo 5. Carácter imperativo de las normas.
1. Los consumidores no podrán renunciar a los derechos reconocidos en esta Ley.
2. La renuncia a los derechos reconocidos por esta Ley a los consumidores y los actos contrarios a la misma son nulos. Los actos realizados en fraude de ley serán sancionados como tales según lo dispuesto en el artículo 6 del Código Civil.
No sé si esto se Extiende a renunciar reclamar usura del TAE.
Ya es por curiosidad.
Eso es una pataleta para así evitar de forma amistosa devolver el dinero con el escrito de la Dana...Un saludo.
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Aunque digas que renuncias, eso es nulo de pleno derecho. Puedes demandar cuando quieras. Y que se atrevan a enseñar ese papelajo al juez, que verás que risa.
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Dentro de poco, empezará a llegar gente, que haya pedido préstamos nuevos a esta financiera y nos informe de que ha intentado llegar a acuerdo extrajudicial y esta entidad se ha amparado en que el cliente firmó que renunciaba... Se harán un poco más de rogar, pero finalmente no les saldrá a cuentas y terminarán cediendo antes de llegar a juicio. En realidad, es una buena estrategia por su parte para hacerse los "duros" pero la usura es la usura.