yo tambien lo he enviado a ver que responden
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yo tambien lo he enviado a ver que responden
esto me acaban de responder, ahora les enviare la otra y ya no pienso contestarles mas ire a consumo o donde tenga que ir son 184 euros solo lo que me tendrian que devolver pero por la prepotencia y la chuleria y el acoso no voy a dejarlo
Cada día que pierdes estando en mora tu deuda aumenta.
Luego no te quejes.
Un saludo.
Asunto: Respuesta a su mensaje intimidatorio
Estimados señores:
He recibido su escueto y alarmista mensaje:
“Cada día que pierdes estando en mora tu deuda aumenta. Luego no te quejes.”
Permítanme agradecerles tan profundo ejercicio de atención al cliente, digno de los mejores manuales de hostigamiento financiero. No esperaba menos de quien pretende cobrar una supuesta deuda con amenazas veladas y una redacción más propia de un cobrador de barrio que de una entidad seria.
Procedo a ilustrarles, ya que parece que la pedagogía jurídica no ha llegado aún a su departamento:
1. El artículo 7 del Código Civil español recoge el principio de buena fe, que debe presidir el ejercicio de cualquier derecho, incluso el de crédito.
? Las comunicaciones como la suya podrían considerarse contrarias a este principio, lo que podría anular su efectividad como reclamación válida.
2. El acoso para el cobro de deudas puede constituir infracción en materia de consumo, según la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007), artículo 44, así como sanción por la Dirección General de Consumo competente.
? Si se repite un mensaje en este tono, me reservo el derecho de presentar una denuncia administrativa.
3. El Tribunal Supremo (STS 566/2019, de 22 de octubre) ha reiterado que no basta con alegar una deuda: hay que acreditar su existencia, validez y cuantía, especialmente si se trata de intereses abusivos o comisiones camufladas.
? Me gustaría saber si disponen de esa documentación o simplemente confían en el miedo como método de cobro.
4. Además, recuerden que en materia de usura, la Ley de 23 de julio de 1908, sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios, permite la anulación de cualquier crédito con intereses "notablemente superiores al normal del dinero" y "manifiestamente desproporcionados".
? Así que sí: quizá debería quejarme… pero al juzgado, no a ustedes.
Les invito cordialmente a remitirme, por escrito y de forma fehaciente, toda la documentación que acredite la deuda que mencionan, desglosando el principal, los intereses y los posibles recargos, conforme a la transparencia exigida por el Banco de España y la jurisprudencia del TJUE en materia de cláusulas abusivas (caso C-42/15, entre otros).
Hasta entonces, les ruego que se abstengan de enviar más mensajes que parecen más una amenaza de patio de colegio que una reclamación legalmente válida.
Sin otro particular, y esperando que su próximo mensaje cumpla al menos con las mínimas formas del derecho civil y del respeto al consumidor,
Atentamente,
[Tu nombre o alias legal]
En colaboración con la Asociación de Consumidores A.C.U.S.A.
No os canses... Seguid reclamándole mil veces si hace falta y guardad sus respuestas, a ver quién ríe el ultimo
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Es lo normal cuando tienes dos deudas impagadas con nosotros.
Un saludo.
Esto va increscendo. Es que sus respuestas son de un nivel tan bajo. Que asco de gent*uza.
En la demanda también incluiré por daños morales, porque aguantar las memeces de esta gen*tuza no esta pagado.