Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Cita:
Iniciado por
holaquetal
Vivo en Madrid ¿A que lugar me debo dirigir (no he recibido notificación alguna previamente) para saber de que juzgado viene el "EMBARGO TELEMÁTICO C.G.P.J. xxxxxxxxxxxxxxxxx" de referencia que aparecen en la retención de la cuenta donde tengo mi pensión? Para saber qué juzgado lo ha ordenado concretamente y presentarme allí en persona para informarles de que esa cuenta solamente recibe mi pensión y me han embargado demasiado, además de conocer el alcance de mi deuda (si lo que me han quitado este mes la liquida o si queda todavía dinero pendiente de pagar) ¿Mi banco en este caso no puede darme respuestas a esas 2 preguntas sobre que juzgado es el que embarga y si me queda todavía deuda pendiente de pagar? ¿Los embargos de cuenta son puntuales, es decir una vez al mes (imagino que todos los días 30, vamos supongo) todos los meses hasta cancelar deuda o como van? Me quitaron el dinero este viernes pasado día 30 de octubre, pueden entrar otra vez mañana día 3 de noviembre y quitarme algo más de lo que me dejaron de saldo disponible? Muchas gracias y perdonad las molestias
No lo has entendido..... Si el dinero de tu pension se pasa mas de un mes ingresado, se considera ahorro y por lo tanto es embargable..
A nadie avisan que le van a embargar dinero de la cuenta bancaria por que si no, no embargarian a nadie....
Una vez tienes demanda de ejecucion ya no notifican nada mas.... Es así por mas que no te guste.... Y es legal.
Si tienes la nomina ya embargada, mas todavia debes cuidar de no dejar dinero en tus cuentas bancarias mas que el justo para ir tirando.
Y no... Los embargos de cuenta son puntuales, pero no como tu dices, una vez al mes.... Pueden ser dos veces en un mes y en los meses siguientes ninguna....
Es imprevisible..... Y depende de que lo pida el acreedor y cuando el Letrado de la administraciin de Justicia pasa la orden de embargo a tu banco...... Jamas te enteraras cuando te barreran la cuenta ni las veces que lo haran.
Antes de ir a un juzgado cabreado, respira hondo e informate bien..... Es legal todo lo que hacen y la manera en que lo hacen.
Tu banco no puede saber nada, por que ese tema forma parte de tu privacidad y nadie le da mas explicaciones.
Si uno tiene deudas que se estan ejecutando por el juzgado y el juzgado descubre que tienes dinero para pagarlas y no las pagas, si no que, te lo quedas como ahorro, no van a pensar muy bien del tema... TODO LO INGRESADO MAS DE UN MES, SE CONSIDERA AHORRO Y UNA PERSONA CON EMBARGOS NO PUEDE LEGALMENTE TENER AHORROS Y NO PAGAR SUS DEUDAS..guardate el dinero en casa y no lo dejes en la cuenta mas de un mes... Te han pillado los ahorros y se han cobrado la deuda, ya que tu no la has pagado teniendo dinero suficiente en esa cuents
Enviado desde mi Mi MIX 2 mediante Tapatalk
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Cita:
Iniciado por
holaquetal
¡Gracias MARIBELICA! Entiendo entonces que ya ha debido ser liquidada ¿No? Soy pensionista, no tenía ni tengo mi pensión embargada, me han quitado dinero de la cuenta en la que me la pagan y no sé a que supuesta deuda corresponde eso Creía que si a alguna empresa, particular o administración le debes algo (a Hacienda no porque voy al día en todo) primero recibes por correo postal una demanda y si no haces caso entonces te embargan cuando ellos lo estimen oportuno. Simplemente desearía saber a que se corresponde ese embargo y donde debo ir para que me lo digan. Pensaba que en mi banco tendría conocimiento de ello.
Había dinero porque yo desconocía que debiese algo, en esa cuenta cobro la pensión y me han quitado mucho más del tramo superior al SMI correspondiente, me gustaría saber a que corresponde dicho embargo y si con ese barrido está o no liquidada mi deuda.
En resumen, que yo no he recibido ninguna demanda de ejecución y me gustaría saber a donde debo ir para saber de donde viene eso y actuar en consecuencia.
Muchas gracias otra vez, no insistiré más en este asunto y reitero mi agradecimiento por vuestras respuestas. Estoy muy disgustado porque me han dejado sin un duro, no sé que es lo que debo y me gustaría saberlo.
Pues desconozco si estará o no saldada..
Si no sabes la cuantía de la deuda, vete al juzgado y preguntas por ese procedimiento tuyo.... Que te informen de la cuantía de la deuda y así sabras si está o no saldada con ese barrido o no.
Si en el embargo pone CGPJ,.. Es del juzgado seguro.
Enviado desde mi Mi MIX 2 mediante Tapatalk
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Si, lo puedes hacer así.
Cuando os lleguen las nominas lo traspasais a esa cuenta.
Enviado desde mi LM-X525 mediante Tapatalk
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Puedes intentar que tu empresa te la envíe a la cuenta de tu hija pero la mayoria de empresas no lo permite.
Enviado desde mi LM-X525 mediante Tapatalk
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
De todas formas los embargos los hace tu empresa directamente a tu nómina y los embargos de cuenta son puntuales.
Enviado desde mi LM-X525 mediante Tapatalk
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Cita:
Iniciado por
Molon27
Si tuviera demanda de ejecución y cobro en nómina 900 e me pueden hacer barrido de cuenta??
El barrido de cuenta es una cosa y el embargo de nómina es otra distinta.
Los embargos de nominas los hace por orden del juzgado la Empresa que te paga tu sueldo, y respetando los porcentajes regulados en la Lec.
Si no sobrepasa el SMI ( 950€) pues de la nómina no pueden embargarte absolutamente nada.
Los barridos de cuenta se hacen porque si tú tienes dinero en cuentas corrientes, se sobreentiende que ese dinero es ahorro, y eso si te lo pueden quitar.
Si cobras la nómina y arrasan por ella en un barrido, debes demostrarle al Juzgado que ese dinero procedía de tu nómina, y te lo devolverían.
Pero aparte de los barridos, pueden quitarte, devoluciones de hacienda, y aunque no lo suelen pedir, también podrían pedir embargar los bienes muebles ( Coche).
Eso ya depende de la cantidad a embargar.
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Cita:
Iniciado por
Molon27
Y si me acabo de quedar sin curro pero tengo paro,no me quitarán de ahí no?
Exactamente lo mismo que si recibes un salario mayor a 950€.
Enviado desde mi Mi MIX 2 mediante Tapatalk
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Cita:
Iniciado por
remenber
yo tengo una pregunta el juez a dictado sentencia 1700 euros mas o menos tengo que pagar pero no puedo que es lo que pasaria yo cobro nomina en cuenta del bbva te quitarian todo el dinero nada mas ingresar la nomina? en esa cuenta pago yo los recibos y mi hipoteca.y otra duda embargan de las cuentas de las que yo soy titular pero si soy solo autorizado tambien?.
Sólo embargan de las cuentas que seas titular y en porcentaje de titulares, es decir 2 titulares embargo del 50%, 3 titulares embargo del 33,33%, así sucesivamente.
Y para embargar justamente cuando te ingresan, tiene que dar la casualidad que el abogado de la parte contraria haya solicitado dicho embargo
Un saludo.
Enviado desde mi M2007J3SG mediante Tapatalk
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Cita:
Iniciado por
remenber
Muchas gracias por la aclaracion pero es que tengo muchas dudas sobre este tema,segun estoy leyendo en el foro si el ingreso es de mi nomina y es lo unico que entra en cuenta y el unico ingreso que tengo podria reclamar al juzgado la devolucion del embargo? porque el resto es para poder pagar luz,agua y para comer. y entiendo que cualquier otro ingreso que haga ya sea por cajero como por transferencia ese si se podria embargar es asi?.
Así es, pero un matiz, sino tuvieras la nómina embargada, te tendrían que aplicar embargo como dice la ley y devolverte el resto.Un saludo.
Enviado desde mi M2007J3SG mediante Tapatalk
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Cita:
Iniciado por
antmorg
Hola! Buenas tardes! Una preguntita, desde hacienda me van a embargar 800 euros aprox, si en mi cuenta bancaria tengo 1000 euros porque acabo de cobrar la nómina, me pueden embargar la totalidad de la deuda o tienen que respetar el smi procedente de la nómina? Gracias
Embargan la cifra exacta de la deuda.. Ni un céntimo más..
Los barridos de cuentas no se basan en el SMI.....
Lo del SMI se aplica en el embargo de salario en nòmina.
Enviado desde mi M2007J20CG mediante Tapatalk
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
NO. Es inferior al SMI. Pueden barrer la cuenta donde se cobra, eso sí.
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
En orígen es inembargable, pero la cuenta bancaria es embargable y pueden barrer su saldo.
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Cita:
Iniciado por
anamaria1
Buenas noches,perdon ante todo por mi poca participación en el foro,covid y otros males me han tenido distraída aunque todas los días os leo,.Mi pregunta es la siguiente aunque veo que ya la habéis explicado pero quiero tener más certeza de cómo aconsejar a un familiar.Hoy le ha llegado el aviso de embargo sobre su nómina,en esa cuenta está de titular.¿puede ponerse como autorizado ,ya que la comparte con su mujer y así evitar el barrido de cuentas sin que sea algo ilegal y pueda traerle consecuencias?Muchas gracias y un abrazo para todos
Pues eso es cuestion de que vaya al banco y lo gestione... Si tiene tarjeta o prestamos con ese mismo banco, ya te anticipo que no... Pero tiene la opcion de abrir otra cuenta en otro banco..
Enviado desde mi M2007J20CG mediante Tapatalk
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Pues que vaya y lo haga.
Enviado desde mi M2007J20CG mediante Tapatalk
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Hola!!!
Mi duda es la siguiente:
Nunca me han embargado pero me ha llegado una notificación, tengo nómina, que embargan primero cuenta o nómina? Eso lo pactas con el juez?
Si te embargan la cuenta y solo tienes la nómina cuando te la ingresan, te lo quitan todo?
Gracias
Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Cita:
Iniciado por
Algundia
Lo primero decir que con el juez no se pacta nada. Él se limita a dar el fallo y aplicar la ley en consecuencia.
El embargo de nómina es una cosa y el de las cuentas es diferente. La nómina te vendrá de origen ya con el descuento porque el juzgado manda a tu empresa que ingrese la cantidad correspondiente al embargo en la cuenta del juzgado.
Los embargos de las cuentas son barridos puntuales y tienen que solicitarlo los acreedores cada vez que quieran hacer uno. Si encuentran dinero en ese momento te hacen un barrido de cuenta y si no hay nada pues no se llevan nada.
Si sólo tienes la nómina, cuando te la ingresan durante un mes se considera nómina y no "deben" llevárselo. Si ha pasado un mes se considera ahorro y sí pueden. Pero se dan muchos casos en los que hacen barridos de nóminas ingresadas que ya han sido descontadas sin haya pasado un mes. En ese caso debes ir al juzgado y demostrar que efectivamente ese ingreso corresponde sólo a tu nómina. Te devuelven el dinero pero suelen tardar bastante.
Muchas gracias!!’
Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk