Hola a tod@s, si tengo la nomina embargada, ¿me pueden embargar el dinero que me quede en la cuenta corriente?, muchas gracias
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Hola a tod@s, si tengo la nomina embargada, ¿me pueden embargar el dinero que me quede en la cuenta corriente?, muchas gracias
Si, pueden.
Doy fe que si pueden :o y mas aun si es de una administracion (hacienda,seguridad social etc..)
Vamos a tener que volver a los metodos antiguos.el dinero que tengamos si es que tenemos algo debajo del colchon e ir pagando los gastos x ventanillas,saludos
pues es lo que hay que hacer,para que éstos cabr.. se queden sin dinero en sus balances y en sus arcas, todo lo que se puede cobrar sin pasar por un banco, directo al balcolchón o al calcetín, así si ocurre algo muy fuerte, por lo menos tenemos algo con lo que comer, y a ese dinero no le van a cobrar ninguna comisión, y visto lo visto, afinsa ,forum, preferentes...etc.
Y por otra parte
lo que están haciendo en Chipre , es un mirar las barbas de tu vecino.
Cada vez se va a poner mas de moda ésto, visto lo visto.
Yo ya hace mucho que cada vez que cobro saco todo el dinero y pago por ventanilla...
Entiendo que son cosas distintas, el embargo de la nomina es sobre la nomina, digamos que antes de que esta salga de la empresa.
Y de forma paralela, puede ocurrir que algún organismo publico se enamore del dinero que tienes en tu cuenta.
Lo que ocurre es que antes de que te embarguen la nómina te embargan el dinero que te tengas en el banco, mirar en este enlace pone el orden de embargo:
http://www.foroantiusura.org/threads...e-los-embargos
Es decir primero embargan el dinero líquido que tengas y si no llega para saldar la deuda procederán a embargar de la nómina la cantidad que te corresponda hasta saldar la deuda.
Saludos
gracias, jjk :)