Me gustaría saber si estoy obligado a contratar un seguro de pagos adherido al uso de una tarjeta de crédito gracias
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Me gustaría saber si estoy obligado a contratar un seguro de pagos adherido al uso de una tarjeta de crédito gracias
no no no no no NO ESTAS OBLIGADO. otra cosa es que te "chantajeen" para dartela, pero no estas obligado.
No, y si no estas de acuerdo no contrates y punto, aunque imagino que te la quieren colocar o te lo colocaron no???
Si es así a pedir contrato y copia de que has firmado ese seguro en su momento (en el SAC tienes como hacerlo), y si es verdad que lo firmaste a darlo de baja si no lo quieres....sigue leyendo, es tema habitual.....
Eso, y cuando te la den, ya se ocuparán de dar la lata por teléfono contándote cuentos chinos para que pagues por ese seguro que a la hora de la verdad, cubre bien poco/nada.
No es más que otro filón de negocio para ellos y además filón bastante dudoso, caro y luego te toca escuchar eso de: "es que esto que le ha sucedido no lo cubre el seguro".
Gracias ya me lo temía !!
Entonces se puede dar de baja por teléfono verdad?
Yo con cetelem lo cancelé o lo intenté por teléfono, pero variar hasta que no recibieron la petición por escrito nada de nada. En cambio citibank si procedió a la baja por telefóno.
No son obligatroiso, cubren poco y se contartan d emala manera; hay que mirar si merece la pena reclamar lo pagado o acogerse a él en caso de paro. Creo que en la mayor parte de caso compensa cancelarlo e intentar reclamarlo, porque la contratación es una ******.
yo estoy esperando ese seguro de cofidis, no se con quien supuestamente tengo ese seguro, y no voy a parar hasta que me lo manden, y si no lo hacen les denuncio. creo que los tengo cogidos por los huebs y no voy a ceder.
Si te "obligan" a contratar un seguro asociado a un producto financiero, de forma que si no lo contratas, no obtienes el producto, e independientemente de la ilegalidad de dicha práctica, tienes derecho a desistir del mismo gratuitamente y sin ningún cargo en el plazo de 15 días si el seguro no es de vida, y de 30 si sí que lo es. La renuncia o desistimiento ha de comunicarse en soporte duradero (vale carta certificada con acuse de recibo, o si la entidad habilita una dirección de correo electrónico para este fin y así lo comunica, pues también):
http://www.dgsfp.meh.es/gaspar/SEven...Resolucion.asp
Si ya han pasado dichos plazos, en cualquier momento se puede dar de baja un seguro comunicándolo de la misma forma que en el caso anterior a la aseguradora.