Iniciado por
lunarosa23
Buenas noches,
Os hago una consulta que me tiene sin dormir (podéis ver la hora) y me trae de cabeza, así que si alguien fuese tan amable de responder lo agradecería mucho.
Tengo ahora mismo dos casos en el juzgado: uno de CABOT por 1300 euros al que ya tenían permiso de ejecución y luego otro con EOS de 6000 y pico que ya está casi a punto de que ganen por desgracia y con EOS tengo a la vez otros tres casos ya más pequeños pero aún sin reclamar en el juzgado que equivalen a 1700 euros aproximadamente y luego a parte tengo bastantes más deudas pero ninguna como la de 6000 y un pequeño caso que reclame en su momento con abogado y me dio la razón y de 1450 euros aproximadamente que me pedían el juzgado me ha decretado que tengo que pagar solo 700 y eran de quebueno y lo llevaba ahora workingcapital. Todas estas dudas, salvo el caso de un negativo que tengo con un banco que es más reciente, tienen más de cinco/seis años.
El caso es que esta mañana me hago un ingreso para pagar unos recibos y en cuestión de unas horas veo que tengo un embargo de 268… todavía el banco dice que no tiene la información de quien ha sido aunque supongo que será CABOT. Mi miedo es que esta semana cobraré la nómina ya que me he quedado sin el saldo de esos recibos y me da miedo que se pueda también absorber. Por lo que he leído, no sé si me equivoco, ya no se embargan nóminas si no que se hacen barridos por lo que supongo que no será tan seguido como el de ahora pero vivo ya con miedo de perder el dinero que me llegue, por lo que si podéis ayudarme con ello os lo agradecería. Mi idea es en el momento en que llegue retirar todo el saldo.
Otra duda que tengo es que al no tener bienes imagino que tirarán de la cuenta cada vez que puedan pero tengo miedo a que puedan venir a casa de mis padres, ya que vivimos los tres de alquiler, a intentar embargarme “bienes físicos” aunque no tengo nada de valor pero me da miedo que puedan venir con el consiguiente problema que me causaría y no sé si eso avisan o cómo funciona.
También quisiera saber si se puede ejecutar dos órdenes de embargo a la vez, creo que he leído que no, que una compañía debería esperar a la otra pero me da miedo también este tema.
Por último, lo que sí tengo son unas joyas en el monte de Piedad que en su día eran de mi madre y puso los préstamos a mi nombre ya que ella en su momento tenía deudas y sí que el valor de las joyas podría superarlo y quisiera saber ante todo si corren peligro y las podrían embargar, ya que es algo que me lleva de cabeza.
Espero no haberme extendido mucho, si alguien pudiese quitarme estas dudas le estaría eternamente agradecida.
Feliz día a todxs.