Iniciado por
Silvia42
Buenos días , smartcredito me contestó lo siguiente
En relación a su consulta le informamos que esta organización se caracteriza por su énfasis en el cumplimiento de todas las normativas y legislaciones vigentes, incurriendo en transparencia y absoluta profesionalidad.
A su vez, en respuesta a su consulta y controversia presentada, que actualmente no existe una fijación específica de límites máximos en cualquier tipo de crédito. En esta línea, la Audiencia Provincial de Barcelona en la Sentencia núm. 331/2013 de 11 de junio,
en relación con una reclamación de intereses supuestamente usurarios, establece que: “[…] en un mercado libre y enormemente competitivo nada impedía ni impide al apelante acudir a cualquiera otra fuente y forma de financiación si el precio y condiciones de
esta no le interesara” Y también desestima la declaración de abusividad del interés del contrato en cuestión, al entender que el interés de un Micropréstamo no puede ser considerado como tal por la propia circunstancia del riesgo asumido, al otorgarse la
financiación sin necesidad de justificación previa de solvencia ni exigencia de garantía alguna.
Inicio demanda en contra de ellos o espero
Les mandé la carta con todos los datos