Iniciado por
RCB
Este es un hecho legal, aunque aislado y nada corriente.
Esto se da sobre todo en nóminas bastante elevadas en las que después de un primer embargo, aún hay margen suficiente para un segundo embargo, a interpretación del juez del segundo embargo, de tal manera que puede haber dos embargos simultáneos en la nómina.
Si el salario es de 1.452 euros, el SMI es inembargable, es decir los primeros 950 euros son inembargables. Restan 502 para embargar, se los que solamente se puede embargar el 30%, es decir esos 150 euros.
Hasta ahí todo correcto.
Ahora, si entrara un segundo embargo a criterio del juez, dejando de lado el primer embargo, este hay que volver a calcularlo sobre el restante del primer embargo, de tal manera que de nuevo queda inembargable el SMI de 950 euros, por lo que ahora el restante serían 1.302-950= 352 euros y ahí habría que aplicar de nuevo el primer tramo del 30 %, que serían 105,60 euros embargables de este segundo embargo.
Así son las cuentas correctas...... y si, es legal aunque infrecuente.