Celes..la calculadora de embargo es mensual....el tendría que poner LOS 12 MESES A 1383 + 2690
1383X12 + 2690 = ANUALMENTE SON 19286 Y DIVIDIRLO POR 12 serian 1607€ y pagaría +- 349€
Creo yo.....:confused:
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CELES TE DEJO ESTO.
https://www2.agenciatributaria.gob.e...web.CalculoImp
De todas formas el cobra 1383 x3 - que son 4149€
la calculadora de celes a la basura, no me jodas amigo, que disparate
Hola, si además de la nomina hay una pension alimenticia, también es embargable esa pension?
Gracias Sanblas.
Ahora pensando, una ves que la persona tenga la nomina enbargada, en el caso de que algun mes cobre algo mas de lo habitual (quitando pagas extras ) se cobrará siempre lo mismo estilpulado por las tablas a razon de tu sueldo no?
Me refiero por mas horas extras que quiera hechar en la empresa para poder cobrar un poco mas, va a dar igual por que todo lo que exceda de lo que no te pueden embargar se lo van a llevar igual
Lo cual me hace llegar a la conclusion que se acabaron horas extras , (salvo en el caso que asi se quiera ir pagando mas aceleradamente la deuda claro)
Lo malo siempre va a ser que si la deuda es muy alta por muchas horas extras que hagas para que te quiten mas de la nomina al final de mes , en vez de pagar la deuda en (un suponer) 10 años la pagas en 9
Voy desencaminado en esta reflexion? O es correcta?
Grasia señore por adelantao como siempre