Aun estando prescrito puede seguir adelante con la demanda?!! Pues no lo entiendo, entonces para que está lo de la prescripcion?
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Eso es algo que se alega, pero es el juez el que decide
Es que de oficio, el juzgado, cuando el acreedor interpone la demanda,no entra a valorar si está prescrito o no.
Le toca al demandado alegar dicha prescripción y como dice Julio y Efcarrasco,el de la toga es el que decide si da lugar a ello.
Un saludo.
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Pues aparte piden costas, intereses y demas, y en caso de ir a juicio, llevan abogada, que me puede freir..., estoy acojonadillo la verdad.
Como si te piden un millón de euros. Aqui lo que cuenta no es lo que pidan si no lo que puedan justificar y demostrar. LA PRUEBA RECAE SOBRE QUIEN DEMANDA así que, o justifican muy bien todo, o tururú. Y más si está prescrito. A defenderse.
Zalo85.. Mira tu correo.
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Tranquilo tú entregas las alegaciones, estás en buenas manos, lo normal es que no tengas problemas, pero como siempre decimos el que tiene la última palabra es el juez.
Ya verás como va todo bien¡¡¡¡ Ya nos vas contando.