Clausula de suelo y Oferta Vinculante
Clausula suelo
¿Qué es?
La cláusula suelo en un préstamo hipotecario establece cual será el tipo mínimo de interés que se liquidará en las correspondientes cuotas, muchos de nosotros hemos firmado nuestras hipotecas sin saber qué es una cláusula suelo y eso ha provocado en determinadas operaciones que esa cláusula sea abusiva.
Cuando firmamos el préstamo se establecen una serie de condiciones que estarán vigentes durante todo el tiempo de amortización del mismo.
-Si el interés es fijo durante toda la duración del préstamo: las cuotas serán iguales durante todo el préstamo.
Los préstamos a interés fijo tienen la ventaja de que se puede saber desde el principio la cantidad exacta que se va a pagar cada mes y el total pagado al final del préstamo, aunque en este tipo de préstamos el interés, por regla general, es superior al variable.
-Si el interés es variable: también por regla general hay una fase de interés fijo y una segunda fase de interés variable por el mismo tiempo. En ésta segunda fase se fija un tipo de interés referencial (Euribor, Deuda Pública, IRPH, etc.) al que se le suma algún punto llamado diferencial. Con él, resulta la cuota a pagar.
Cada periodo de revisión (sea al año o a los seis meses o al trimestre), se vuelve a aplicar ese tipo de interés, con la subida o bajada que haya experimentado desde la vez anterior, sumándole el diferencial, con lo que resultará la nueva cuota para el periodo siguiente, que podría ser más alta o más baja que la del anterior periodo.
¿A qué hace referencia la cláusula suelo?
Una cláusula suelo en un préstamo hipotecario nos está indicando cual va a ser el porcentaje mínimo de interés que se aplicará a nuestras cuotas.
¿Cómo se conoce también?
Se conoce también como interés mínimo, en otros contratos hipotecarios también se hace referencia a ella como límite de variabilidad entre un porcentaje y otro.
Son diferentes formas de denominar la cláusula suelo, provocando que no podamos beneficiarnos de las posibles bajadas del índice de referencia utilizado en nuestro préstamo hipotecario.
¿Cuál es el índice de referencia utilizado en España?
La gran mayoría de las hipotecas contratadas en España se realizan utilizando como índice de referencia (el Euribor, Deuda Pública, IRPH, etc.) añadiéndole a éste un diferencial.
Si en el contrato se firma una cláusula suelo muy alta puede hacer que el índice de referencia sea inferior a ella, y que al tener este mínimo firmado no se pueda aplicar el porcentaje del índice.
¿Es legal la cláusula suelo?
Esta cláusula es legal al estar incluida en el contrato firmado por nosotros, pero ha de ser pactada, y cumplir una serie de requisitos estipulados por ley.
Hay sentencias que anulan dichas estipulaciones cuando no ha habido un acuerdo para establecerlas y presentan las circunstancias de “suelo demasiado alto” lo que al final redunda siempre en un beneficio para el banco y no una protección para el cliente frente a las oscilaciones del índice de referencia.
“Y esta cláusula pasa de ser legal a ser una cláusula abusiva”
¿En qué nos vamos a basar para reclamar que nuestra clausula suelo es abusiva y su eliminación?
En estas dos sentencias:
*La del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que marcó en 2013 el carácter abusivo de la legislación española en materia hipotecaria, y confirmó la ilegalidad del procedimiento español de ejecución hipotecaria desde hace veinte años, ya que su fallo se basa en la Directiva 93/13/CEE del Consejo Europeo sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
*En la ratificación de La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en Mayo/2013, a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo.
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ratificó el carácter abusivo de las cláusulas suelo de los contratos hipotecarios de varias entidades bancarias (BBVA, Cajamar, Cajas Rurales Unidas y Nova Caixa Galicia) por falta de transparencia sobre las mismas en los contratos que la sala analizó.
¿Cómo podemos saber si nuestra cláusula suelo es abusiva?
Basándonos en la sentencia del Tribunal Supremo:
-En el punto 44 b de la sentencia se señala que: “El conocimiento de una cláusula –sea o no condición general o condición particular- es un requisito previo al consentimiento y es necesario para su incorporación al contrato, ya que, en otro caso, sin perjuicio de otras posibles consecuencias –singularmente para el imponente- no obligaría a ninguna de las partes”.
-En el punto 212, referente a las cláusulas suelo, el Tribunal dice que “no pueden estar enmascaradas entre informaciones abrumadoramente exhaustivas que, en definitiva, dificultan su identificación y proyectan sombras sobre lo que considerado aisladamente sería claro. Máxime en aquellos casos en los que los matices que introducen en el objeto percibido por el consumidor como principal puede verse alterado de forma relevante”.
-En el punto 225 de la sentencia no deja lugar a dudas: “En definitiva, las cláusulas analizadas, no son transparentes ya que:
a) Falta información suficientemente clara de que se trata de un elemento definitorio del objeto principal del contrato.
b) Se insertan de forma conjunta con las cláusulas techo y como una aparente contraprestación de las mismas.
c) No existen simulaciones de escenarios diversos relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar.
d) No hay información previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo de la propia entidad –caso de existir- o advertencia de que al concreto perfil de cliente no se le ofertan las mismas.
e) En el caso de las utilizadas por el BBVA, se ubican entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor”.
"Aunque el Supremo se refería a contratos hipotecarios de unas entidades bancarias concretas, esta falta de transparencia se da en todos los contratos hipotecarios que incluyen cláusulas suelo".
¿Dónde podemos ver si nuestro préstamo hipotecario tiene Clausula suelo?
1-En el contrato de crédito hipotecario —que no debe confundirse con la escritura de compra-venta de vivienda—
Suele reflejarse la presencia de esta cláusula en alguno de los siguientes apartados:
-Cargas, especialmente si se trata de una hipoteca de subrogación.
-Estipulaciones / Otorgamientos.
-Cláusulas financieras. En un gran número de escrituras aparece en la llamada «cláusula financiera tercera bis» en el punto en que se establece el tipo de interés variable.
El interés variable de la hipoteca existe como contrapartida al tipo de interés fijo, en cuyo caso se pagaría siempre el mismo tipo de interés independientemente de las variaciones del mercado.
“Es decir, nosotros firmamos un préstamo hipotecario a interés variable y con esta cláusula nos obligan a pagar a un interés fijo”
Aunque cada hipoteca está redactada de una manera diferente, en la escritura podrás ver algo parecido a lo que resalto en la imagen siguiente:
http://i62.tinypic.com/j6riqe.jpg
2-En el recibo del banco
Si no puedes localizar la cláusula suelo en tu escritura (bastante habitual cuando se trata de una hipoteca con subrogación del constructor) una prueba efectiva de su presencia es echar un vistazo al último recibo bancario del pago de tu hipoteca. Si el tipo de interés que aparece en él no coincide con la suma del Euribor + diferencial que tengas pactado, ese es tu suelo.
Por ejemplo, si habíamos firmado un interés de 1,250 % + Euribor (que a fecha de hoy está al 0,299%) y en el recibo figura un tipo del 3,75%, te están aplicando ese suelo de hipoteca.
Ya que la suma de los dos valores anteriores estaría por debajo de esa cantidad, y lo que deberían aplicarnos es la suma de esos dos valores 1,54% y no el 3.75% en este ejemplo en concreto.
http://i60.tinypic.com/23vepth.jpg
En cada revisión dependiendo que esta sea (anual, semestral, trimestral) tendrían que aplicarnos el interés pactado + Euribor (en la fecha de la revisión)
Aquí tenéis el enlace donde podéis ver el valor actual del Euribor
http://www.hipotecasyeuribor.com/euriboranoactual.php
Clausula suelo y oferta vinculante en los prestamos hipotecarios
Que buen trabajo nena!!!!