Buenos dias,
Hace unas semanas consulte sobre una deuda que LA CAIXA había vendido a un fondo buitre, la deuda inicial en el juzgado era de 30.000 euros y me reclamaban 80.000 . Ahora me ha llegado una notificación judicial pero en nungún sitio aparece el importe, lo que comunican o solicitan mejor dicho es el embargo de cuentas y bienes, etccc.
Tengo varias dudas y estuve buscando en el foro pero no encontre . en la carta recibida me indica que tengo 5 días hábiles para reposición y 15 días para alegaciones. <Si se realiza alegaciones se paraliza el procedimiento?
¿Si inicio la ley de segunda oportunidad en ese periodo se paralizan los embargos, no?
Otra duda que tengo es, estoy pendiente de una indemnización por accidente de trafico , hay que abonar las deudas embargadas con antelación a otras deudas como puede ser el IBI de la vivienda o un crédito actual para que no se considere alzamiento de bienes?
Muchas gracias, estoy aprendiendo muchas cosas en este foro y la información es poder, parece que uno no se siente tan mal