Pues yo ahora sí que tengo un poco de miedito,
Nunca me habían mandado nada certificado y ahora ya no sé si habrá sido por evitar que prescriba o está vez sí que irán a por mí, ahora el negocio está de capa caída y sería muy mal momento, veremos.
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Pues yo ahora sí que tengo un poco de miedito,
Nunca me habían mandado nada certificado y ahora ya no sé si habrá sido por evitar que prescriba o está vez sí que irán a por mí, ahora el negocio está de capa caída y sería muy mal momento, veremos.
No hay quien los entienda. Ya son varios los casos que he leído de recepción de cartas certificadas ¿Después de tantos años aun no tienen claro si demandar? ¿Siguen buscando la documentación y aun no la han encontrado? ¿Tienen tanto que demandar que en tanto tiempo (en mi caso 10 años) no les va a dar tiempo a presentarlo todo? Que se dejen de certificados y de interrumpir la prescripción y se vayan ya al juzgado joxxx!! Que los estamos esperando y ahora vienen con estas. Y no es que yo piense que un juzgado sea el medio natural para un ser humano, pero tengo ya ganas de quitármelos de encima. Como todos, supongo...
Exactamente es el próximo 28 de diciembre de 2020, así como si cuando se entrega la citación judicial es pasada esa fecha, ya que con efectos desde el 4 de junio de 2020 se ha alzado la suspensión de los plazos procesales que se estableció en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19. Ningún juzgado procederá a realizar ninguna reclamación de deudas ya que nacen prescritas, tal y como establecen las modificaciones realizadas el pasado 5 de octubre de 2015 en el código civil y la ley de enjuiciamiento civil, en lo referente a los plazos de prescripción, siempre y cuando no se hayan puesto en contacto contigo para reclamarte la deuda de una forma fehaciente, es decir a través de un burofax, carta certificada, citación judicial u acta notarial. Saludos y espero que les sirva de ayuda.
Buenos dias.
El dia 5 de noviembre como os comente mandan una carta certificada a nombre de mi mujer, con lo cual el contador empiza o contar de cero otra vez no?? en la carta pone que si no pago como maximo en un mes voy al juzgado, y hoy dia 27 me mandan una carta certificada a mi, en la que tambien dice que si no pago en un mes voy al juzgado tambien, la carta logicamente es referente a la misma deuda, son cartas standar estas tambien??
Si. Vuelve a contar el plazo.
¿Un sms certificado cuenta como comunicación fehaciente? EOS me acaba de mandar uno por una deuda de 2011