Correcto, en este caso sería por razón de la Materia.....
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Correcto, en este caso sería por razón de la Materia.....
Exacto hombre.... Las demandas de reclamacion de cantidades por algun motivo van en relacion a la cuantia..
Si tu demandas la nulidad de un contrato, es cuantia indeterminada o ni siquiera se contempla cuantia alguna.. Va por ordinario.. Una vez tengas sentencia de esa nulidad a tu favor, reclamas la cantidad en otra demanda, que si es menor a 2000€, si sería verbal.
Maribelica.
Si es que os hacéis querer!! este año me va a pillar de vacaciones la asamblea anual de la asociación y no me la pierdo!!! la primera ronda corre de mi cuenta, que os la ganáis día a día ayudando y aguantando nuestras chapas!!!
Mil gracias!