RETENCIONES CAIXABANK DEL TPV DE UN COMERCIO
Saludos.
Tengo un comercio y hace poco me pasé a Caixabank y, después de lo sucedido, me salgo ya mismo.
Hace 10 días cobré unos 2500 € a través del TPV un sábado, y el domingo veo que me lo tienen retenido. Como que debo a Hacienda, me temí lo peor, aunque el apunte de la retención era "Parcial por motivos diversos". Busqué info y di con algunas notas que decían que esa retención igual se debía a algo que hace CaixaBank para asegurarse un riesgo de devoluciones de compras. Cuando llegó el lunes y me puse en contacto con la oficina, así me lo confirmaron y liberaron el dinero.
Pero hace tres días cobré 308 € y me los han vuelto a retener. Como que no me parece muy legal, he buscado info más a fondo y os copio el mail que he enviado a la oficina:
"Tan solo informarte que la cláusula según la cual Caixabank puede retener el dinero cobrado mediante el TPV (incluida en el contrato del TPV), según el Banco de España, es abusiva: "El contrato suscrito contenía una previsión contractual que, a juicio del Servicio, vulneraba frontalmente el espíritu de los citados artículos, al reservarse la entidad la facultad unilateral de retener cantidades recibidas y, por ende, negar la inmediata disponibilidad de dichos fondos a su cliente y beneficiario de estos, habiendo la entidad aplicado dicha cláusula para retener a su cliente un porcentaje de las cantidades percibidas a través del TPV contratado con ella, lo que se consideró una mala práctica bancaria" (memoria de reclamaciones 2012, punto 6.1.9).
Por otro lado, el art.58 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, establece que "El proveedor de servicios de pago del beneficiario se asegurará de que el importe de la operación de pago esté a disposición del beneficiario inmediatamente después de que dicho importe haya sido abonado en la cuenta del proveedor de servicios de pago del beneficiario".
Por todo ello, Caixabank está cometiendo un delito de apropiación indebida."
Y así lo creo: CaixaBank (es la única entidad que veo que lleva a cabo esta práctica) comete el delito de apropiación indebida pues no da acceso al dinero cobrado a través del TPV una vez ingresado en la cuenta y contravininedo al BdE por seguir incluyendo la cláusula abusiva de poder hacerlo. De momento llevo 3 días con esos 308 € retenidos.
¿Cómo lo véis compañeros?