Muchas gracias por tu respuesta. Habrá que pensar bien que hacer.
Un saludo!
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Muchas gracias por tu respuesta. Habrá que pensar bien que hacer.
Un saludo!
Buenas tardes
Me he leído todo el tema y muchisimas más webs, lo tengo ya más o menos claro, pero termino de preguntar por aquí
En un futuro no muy lejano tendré un embargo judicial, por lo que me embargarán la cuenta, la tengo a 0€
Si por ejemplo cuando cobré una ayuda social de por ejemplo 430€, se que esta por debajo del SMI y no pueden tocarla, pero aún así la quitan por que el Juzgado lo considera un ahorro y no una pensión
Hasta aquí de acuerdo, se que debería ir al Juzgado y presentar un escrito y dar certificado de la ayuda que recibo, y algún recibo de como se encuentra mi cuenta corriente, pero aquí viene mi duda, no podemos evitarnos todo este follón? Es decir, podemos adelantarnos a los acontecimientos? Por ejemplo ir al Juzgado y presentar todo antes de que me hagan el primer ingreso y así después no tener que reclamar nada?
Otra duda, si estoy pendiente de cuando me hagan el ingreso de la ayuda ( los días 10 ) y en cuanto vea el dinero en mi cuenta voy al cajero y lo saco, me puedo evitar todo el lio de tener que reclamar?
Para terminar, este lio de que te quitan el dinero aún siendo inembargable sigue sucediendo en pleno 2018?
Muchas gracias
No hay problema, en cuanto vea el dinero voy rápidamente y lo saco;)
Una vez que te hacen el barrido y te lo quitan, es aquí cuando hay que reclamar al juzgado? Entonces la mayoría de casos que he leído de embargos de salarios inmebargables ha debido ser por barrido verdad?
Muchas gracias
No... Todos esos procedimientos tienen sus plazos y se han de hacer cuando nos citen en el juzgado y segun recibamos una u otra cosa, se van atendiendo en sus correspondientes plazos..
No pueden hacerse las cosas como nos parezca mejor a nosotr@s...
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Te respondo desde mi experiencia.A mí,que cobro el subsidio de mayores de 55 años,mi abogado me solicitó justificante del ingreso por el Sepe,y un recibo de la cuenta bancaria,demostrando que ese era el UNICO ingreso que percibía,con el fin de que no te toquen la cuenta de ninguna manera.En el supuesto de que te embargasen algo,que no pueden,tendrías derecho a que te lo devolviesen,pero,repito,SOLO debes percibir ese ingreso y ningún otro,ni nómonas,ni alquileres,ni nada de nada,porque entonces sí podrías tener problemas.Espero haberte aclarado algo,suerte y un saludo.
Tu saca el dinero en cuanto ingresen y asi te ahorras que te lo quiten en un barrido
Enviado desde mi LG-H815 mediante Tapatalk
Pakito, pero tu eso que hicistés con tu abogado lo hicisteis antes de que te llegasén a ingresar por primera vez para evitar problemas futuros? Es lo que yo había pensado hacer, pero ahora con lo que ha dicho @MARIBELICA me ha dejado con la duda
Perfecto, así haré, me veo los días 10 en el cajero a las 12 de la noche... como un reportaje que salió hace poco donde la gente que cobraba ayudas esperaban todos los días 10 en el cajero para comprar droga... de algo me ha servido ver ese reportage, hablaba una persona diciendo que normalmente entre las 12 y 12:15 suelen hacerlo
Verás,esto lo hice una vez emitida sentencia,así no hay problemas,y a través del abogado.La otra opción,como dice Maribelica es sacar la pasta en cuanto te la ingresen,tú mismo,pero siguiendo el primer consejo,no debe haber problemas.