¡Enhorabuena!
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¡Enhorabuena!
Hola Maribelica:
Acabo de recoger del juzgado una notificación y son los de Cofidis que han vuelto a poner exactamente la misma demanda salvo que en este caso en vez de tanto a mi como a mi mujer solo a mi nombre, pero por lo demás es exactamente igual, ¿no se suponía que ya no podían volver a demandar? El juez les vuelve a indicar que hay cláusulas abusivas y da 5 días a las partes para hacer alegaciones. ¿Quiere eso decir que tengo que volver a pagar abogado y procurador para volver a alegar otra vez por lo mismo?
Sinceramente ahora mismo me viene fatal el tene que hacer ese desembolso, bueno realmente es que no puedo hacerlo...
Creo que, en este caso, Maribelica está parcialmente confundida. Es completamente cierto lo que dice que, en el sobreseimiento, el juez, al ver la falta de pruebas o de ciertos presupuestos, no entra a conocer el fondo del asunto o se abstiene de seguirlo haciendo, terminando el proceso antes de dictar sentencia. Pero precisamente por ese motivo (terminar el proceso antes de dictar sentencia) el sobreseimiento no provoca el efecto de cosa juzgada y el proceso se puede reabrir más adelante, como así ha ocurrido.
Me temo que vas a necesitar otra vez abogado y procurador cuando les admitan el monitorio (entiendo que todavía no es así, si han detectado clausulas abusivas y les dan el plazo de cinco días).
Pues es un problema muy serio para mi, porque en este preciso momento, ni a 5 días vista, puedo hacer frente al coste que ello supone :(
En la ocasión anterior fue en esta fase donde a través de una abogada de ACUSA presentamos alegaciones que derivaron en el sobreseimiento, ¿habría que hacer lo mismo o es posible que el juez vuelva a desestimar la demanda en base a lo mismo que la desestimó la vez anterior sin necesidad de realizar alegaciones en esta parte del proceso?
Independientemente de que solicite la justicia gratuita, si en este punto no presento alegaciones y el juez admite a tramite el monitorio en base a alegaciones de Cofidis, ¿luego podría oponerme igualmente al monitorio no? independientemente de la abusividad de las cláusulas el importe del préstamo está más que pagado y demostrable.
Porque han tardado exactamente un mes desde que desestimaron la anterior demanda, y si volvemos a lo mismo, la vuelve a desestimar y al mes me vuelven a demandar al final me genera una indefensión terrible porque me obliga a gastar dinero de forma periodica para luego seguir en un bucle.
Como comentaba el total de lo prestado está pagado al céntimo o casi, por lo que si les admite a trámite el monitorio se puede justificar, de hecho ellos mismos en la tabla de pagos que les hemos hecho ya lo reflejan. Lo único que al ser por un importe un poco superior a los 2.000 euros igualmente necesitaré abogado y procurador, pero teniéndolo en mente puedo durante el tiempo que tarde en llegar el monitorio, si es que llega ir guardando algo para afrontar el pago de ambos.
Ademas entiendo que también cabe la posibilidad de que el juez vuelva a desestimar la demanda al igual que hizo la vez anterior sin que presentemos alegaciones no?
Buenas de nuevo:
Como comentaba dejé el tema estar a la espera de ver si finalmente el juez admitía a trámite el monitorio y entonces hacer de nuevo la oposición, pero hoy he recibido una carta indicando que Cofidis ha presentado recurso de apelación contra resolución apelable y me da de plazo 10 días para que presente escrito de oposición al recurso o impugnación de la resolución apelada en aquello que me resulte desfavorable.
Y tengo varias dudas que espero me podáis ayudar a resolver:
-Si ha habido una resolución del juez ¿porqué no se me ha notificado? ¿es por no haber designado ni abogado ni procurador? ¿no debería haberseme notificado aún así como parte demandada?
-La notificación dice que se da traslado a las partes personadas del escrito de interposición del recurso de apelación, pero con la notificación no llega dicho recurso, ¿es también por no tener ni abogado ni procurador?
-Llegados a este punto ¿si no contrato abogado quedo a expensas de que el juez estime o no la apelación sin saber ni sobre que resolución están apelando ni lo que han apelado sobre ella? ¿hay alguna manera de que yo, como demandado pueda tener acceso a toda esa información que no he rcibido? ¿es normal que no la haya recibido?.
Muchas gracias y disculpad el exceso de preguntas, pero este tema en particular me tiene bastante quemado y me da la sensación de que me van a hacer el lío cuando está todo más que pagado.