No, no pueden tocar ese dinero, puesto que el representante de la cuenta no es el propietario de ese dinero.
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Si tu no estas de titular no pueden.
Hola compañeros!!, me acabo de dar cuenta que me falta dinero de mi cuenta bancaria que comparto indistintamente con mi mujer, los dos como titulares de la misma, en el concepto pone embargo judicial automatico, en total han sido dos "reintegros" a su favor de doscientos y pico y otro de mas de seiscientos, no se a que se debe ni si es por mi o por mi mujer, el caso es que ese dinero es parte de mi nomina ( despues de tres años sin encontrar trabajo llevo dos meses de un contrato de cuatro ) y evidentemente me han dejado en la mas pura miseria, ese dinero estaba para los pagos tipicos, alquiler del piso, agua, gas, electricidad...COMER!!:(.
Por lo que e leido en este hilo puedo reclamar ese dinero, pero me surgen dudas:
¿cuanto tiempo tengo para reclamarlo?
ignorando la procedencia del embargo y a quien se lo atribuyen (no se si a mi mujer o a mi) y teniendo en cuenta que mi mujer cobra su nomina en la misma cuenta....
¿que documentacion necesito?
Gracias!!
Lo primero seria averiguar de que embargo se trata, ¿tu no has recibido anteriormente notificación de nada?, ¿no tenías pendiente algún pago que te hayan reclamado?
Pues acércate al juzgado y con tu DNI consulta si tienes alguna diligencia.
hola tengo varias dudas, la primera mi nomina ews de 1383 euros, que cantidad me embargarian? la segunda en marzo me pagan beneficios que cobrare unos 4000 de ahi cuanto se llevarian? la tercera en caso de que me embargaran más de una entidad deberian esperar por orden no? y mientras esto ocurre seguiria subiendo la deuda o una vez quedado claro en el juzgado seria la cantidad firmada? es que como tengo tantos acreedores, por lo menos se tiraran unos años, gracias
1º??238€
2º??3017€
3º??si tienen que esperar un orden y subirían los intereses al interes legal del dinero. Un saludo.
De la paga extra 3017? Eso es mucho no? De 4000 euros tanto? Que depresión. .. eso contando que les deba tanto en ese momento , madre mia que disgusto
Y no podría evitar eso? Me pagan 1383 más dos nóminas identicas total unos 4100 pero de prima son 2700 más la nómina
Si es que nos cuentas las cosas a medias.
Ese mes cobras 4100€ pero dividido en 3 nóminas la principal de 1383€ y otras 2 de aproximadamente 1350€.
Es asi??
Pues aquí cambian las cosas y ya depende de como el contable o gestor de tu emprrsa practique el embargo.
Pero debe ceñirse a unos baremos y realizarlo bi en para que a futuro no tengas problemas.
Visto asi el embargo podria ser de aproximadamente 238€+210€+210€.Un saludo.
Ingresan 1383 de nómina, por un lado y luego otro ingreso de 2700 de prima, asi es,
Gracias ya lo haré
.Hola de nuevo, referente a mi anterior post, hoy he recibido una notificacion del banco de Sabadell con el que tengo una deuda en la que se me indica que tengo la cuenta embargada judicialmente y la cantidad es la que les adeudo, solo hay embargados 0,2 centimos que tiene la cuenta, mi pregunta es: en este caso en el que quien me reclama es un banco...¿ es posible que te embargue el juzgado la cuenta sin haber ni monitorios ni nada que no sean las tipicas cartas del banco y alguna llamada reclamatoria?
Pasado mañana me presentaré en el juzgado con mi nomina y certificado que pediré en el banco (no es el Sabadell) indicando que el dinero embargado es nomina y reclamare para que me lo devuelvan, ya comentaré como ha ido el asunto, se admiten consejos, graciaaas!!
Saludos
Pues si solo te han embargado 0,2 y dicen que la cuenta esta embargada judicialmente (lo que ellos quieran,que muestren el mandqmiento judicial),con no ingresar en esa cuenta ni una nomina mas,se van a quedar con tooo eso.
Fijate si son tontos que te avisan de que tienes una deuda y de que en esa cuenta,todo lo que entre se lo quedan (eso es lo que pasa cuando una cuenta es embargada por el juez,que todo lo que se ingrese va para el embargo).
Pon tu nomina en otra cuenta de otro banco y que te busquen.
Es una mala practica habitual en ciertas entidades que sin previa demanda,ellos solitos deciden bloquear las cuentas o cargar las supuestas deudas en negativo para asi cojer todo lo que te ingresen.
Lo nuevo es que los tontos de baba,te "avisen",joliiiin.
un inciso señora wilfra
si el embargo es judicial, no necesariamente todo lo que entre se lo quedaria el banco para mandarselo al juzgado ya que en estos casos hay barridos puntuales en momentos puntuales , ¿es asi?
si el banco por iniciativa propia se pone a cojer todo lo que te entre (porel motivo que sea) no es un embargo de ninguna administracion o juzgado
¿es mas o menos asi?
El juzgado puede ordenar un bloqueo de las cuentas o hacer barridos.
Si el juzgado bloquea la cuenta,todo lo que se ingrese se embarga.
Lo que hace el banco por iniciativa propia no es ni un bloqueo ni un embargo.
Un banco no puede embargar sin orden judicial.
Tu tienes una cuenta en el banco x y tambien una deuda,y es el banco el que decide por su cuenta que lo que ingreses es para la deuda,todo.
Y no miran si es nomina o la primitiva.
Y es una mala practica bancaria,por no decir otra cosa.
claro como el agua señora. muchas gracias
solo una cosa mas:
bajo su experiencia forera , los acreedores cuando ganan el monitorio y piden el embargo de cuentas, ¿suelen pedir el embargo de las mismas para que lo que entre sea para ellos? (osea cuenta embargada por el juzgado) o es el juzgado el que decide como proceder a la instancia de la parte ganadora a rastrear las cuentas para embargar (barrido) lo cual te daria un margen si ingresan tu nòmina para darte cuenta,ya que los barridos no se hacen 24 h al dia , 365 dias al año . si no que son en momentos puntuales (creo) y poder moverla , si no por el contrario, si esta embargada del todo (por juzgado), ya esa cuenta va a quedar inerte para el deudor, sabiendo que cada gorda que le entre sera embargada hasta cubrir la deuda ¿sería asi?
disculpe de antemano lo enrrebesado de la pregunta
A mi hace años por un préstamo personal firmado ante notario, embargaron mi cuenta, hicieron un barrido, pero yo ya no tenía allí mi nómina, al preguntar en el banco me dijeron que los barridos se hacían en días puntuales, yo pagaba de una tarjeta nada más en ese banco, hable con ellos (banco) para que el mismo momento del día del pago se cobrasen la deuda de dicha tarjeta, así lo hice hasta finalizar esa deuda y cerré esa cuenta. Supe después que esa deuda embargada lo vendieron
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Es el acreedor el que solicita al juzgado que se embargue de las cuentas de las que sea titular el deudor y es el juzgado el que se encarga de llevar acabo dichos embargos solicitados por el acreedor que pueden ser como te ha explicado Wilfra por traba o por barridos puntuales.
En ambos casos tenemos que tener en cuenta que si el deudor comparte titularidad con otras personas las trabas o barridos no prodran ser por 100%
Un saludo.
P.d los barridos o trabas suelen hacerlos con nocturnidad y alevosia.
En ambos casos te debe dar igual si lo que entra es tu salario o pensión:se va al juzgado y se levanta embargo ipsofacto alegando junto con la documentación acreditativa,que "hay que comer señores".En esa mañana te lo levantan.Saludos
Rigor,sentido común y bancos no pueden ir en la misma frase jamás.Pues algo que puedes acreditar con la documentación es que la cuenta "SE NUTRE EXCLUSIVAMENTE DE SALARIO como podéis comprobar,por lo que solicito el embargo de lo que proceda en especie,pero levanten el de la cuenta,es más el tiempo y envio de la gestión,que lo que el banco se va a llevar,y os tienen aquí los procuradores todo el día dando la lata para 0,20 céntimos "Te la levantan fijo.Saludos
En caso de que el embargo sea superior, a lo que corresponde, me explico, a mi por sentencia judicial me embargan de la nomina 500 € (cuestiones de divorcio, osea, pension compensatoria y pago hipoteca comun), y por un debito me embargan 133 €, osea 633€ en total sobre una nomina de 1550€ netos, he mirado los cuadros y logicamente sobrepasa.
Que hacer a quien dirigirme y como?
Gracias
De cuanto es la letra del prestamo hipotecario?
Me temo que lo tienes difícil porque la pension alimentaria solo la puede revisar el juez o jueza que haya dictado ese embargo y para tienes que tener una merma en tus ingresos (salario) no revisable por otro embargo.
Si descuentas el recibo de la hipoteca el embargo es correcto porque solo se tiene en cuenta la pension alimenticia y el otro embargo.Un saludo.
èl prestamo unos 250€.
Vale, entonces por lo que veo, la pension compensatoria me la embargan y punto, pero una vez efectuado ese embargo, ¿no deberia de contar para el porcentaje embargable, ya que mi poder adquisitivo merma?, quiero decir en realidad el neto que percibo es menor
Gracias por la respuesta
No porque para la pension compensatoria y pago de hipoteca te han aplicado la ley de enjuiciamiento civil en su articulo 608 que inhibe el artículo 607 fijando el juez a embargar la cantidad que el estime oportuna para la pension de compensación y pago de hipoteca.
Es decir el 2º embargo no tiene en cuenta al 1º.
Y te puedes dar con un cantico en los dientes que del 2º embargo no lo estan aplicando al 100% porque a los 500€ le tendrías que sumar otros 330€ que podrian embargar.
Siento ser partidario de malas noticias compañero.Un saludo.
Te quitan 500.
Quedan 1050. Restales el smi 648.quedan 402. El 30% de 402=120,6.
13€ de diferencia segun las tablas.
Wilfra el pago de pensiones compensatorias y alimentarias se aplica siguiendo el artículo 608 de la ley de enjuiciamiento civil inhibiendo el artículo 607.
A la ahora de un segundo embargo no se tiene en cuenta el primero la ley en estos casos es clara y por tanto para el segundo embargo no tienen en cuenta el primero. Un saludo.
Te habia leido de otra forma Wilfra asi es aplicandolo como dices son solo 13€ más pero ojo que podrian haber embargado más. Un saludo.
wilfra .... das miedo ¡¡ eres un hacha ¡¡ :)
Hola rcb me podrias informar como o donde hacer esta reclamacion porque el dinero que me embargaron era de la cuenta era de la nomina del mes de noviembre no lo habia gastado porque eran para los regalos de mis hijos y de mis sobrinos que sus padres estan peor que yo aunque sin deudas en los bancos
Una duda que me queda después de leer.
Como he dicho en otros mensajes tengo la hipoteca ya en el juzgado. Cuando subasten la casa, me quedará deuda, como a todos.
Entonces ordenarán el embargo de las cuentas, que por supuesto estarán vacías, como ahora.
La duda que me queda es si el embargo se extiende en el tiempo de forma automática (sé que el embargo existirá mientras tenga la deuda) de manera que en cuanto entre un euro en mi cuenta (que no sea de prestaciones o salario) me lo embargarán, o el banco tiene que pedir al juez "de vez en cuando", que haga un barrido de mi cuenta para ver si pueden embargar algo.
Pediran embargos a futuro y mejora de embargo de nomina,pensiones,etc,más embargó de posibles devoluciones de hacienda.Un saludo.
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Derpende de lo que decrete el juez, si decreta embargo de cuentas puntual (es lo normal), entonces cada vez que quieran un barrdo de cuentas, tienen que solicitarlo.
Si el juez decreta embargo a futuro, entonces cualquier dinero que entre en esas cuentas, quedará bloqueado de facto.
Dicho esto, una vez subastada la vivienda, no está claro aún que te quede deuda, pero si queda deuda, eso no es automático, la entidad tiene que volver a presentar una demanda por ese resto de deuda, lo que evedentmente alarga aún muchisimo más los plazos.
Y no siempre presentan esta segunda demanda, prefiriendo en la mayoria de los casos vender esa nueva deuda a un fondo buitre.
Gracias de nuevo. Ayer conseguiste que durmiese un poco más tranquilo.