Aparte la puse de titular en mi cuenta hace unos años y en ese caso según lo leido pueden barrer la mitad de lo ahorrado no?. Si la sacara de titular en el futuro caso de embargarla verian que tenia esa cuenta anteriormente?
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Aparte la puse de titular en mi cuenta hace unos años y en ese caso según lo leido pueden barrer la mitad de lo ahorrado no?. Si la sacara de titular en el futuro caso de embargarla verian que tenia esa cuenta anteriormente?
Si es como titular contigo el 50% si la pones como autorizada nada.
Quien tiene que ver que tenia esa cuenta??
Mejor no debe estar de titular contigo.
No tiene nada que ver que haya estado de titular en otra cuenta.
Buenas tardes,
Esta mañana me he despertado con la notificación de un embargo de 2880€ en mi cuenta bancaria, sin ningún tipo de notificación (se que no avisan para el embargo en si) previa de que tenga algo pendiente cn el Juzgad de Instrucción que ha ejecutado el embargo. No tengo ni la más remota idea de que puede ser esto, lo único que tenía pendiente resultó a mi favor y era de un juzgado distinto.
La cuestión es que me han dejado la cuenta a 0 y me quedan más de 20 días para volver a cobrar. Sinceramente espero que todo haya sido un error pero en el caso de que no fuera así, teniendo en cuenta de que no es una cantidad ahorrada, si no que es mi cuenta nómina donde tengo mis recibos, facturas, etc etc... ¿Pueden dejármela a 0 sin más?
Muchas gracias,
Un saludo.
Tendrás que preguntar en el Juzgado para quien embarga. Si ese dinero lleva mas de 30 dias se considera ahorro y si, es embargable. En teoría, tendrían que respetar el smi y no dejarte la cuenta a cero . Acércate al juzgado y expón el caso. Échale un vistazo al resto de mensajes del hilo a ver si hay un caso parecido al tuyo. Aparte puedes ver también este hilo. https://www.foroantiusura.org/thread...ntas-bancarias
Gracias por la respuesta.
El dinero llevará 5 días en la cuenta, no es de ningún ahorro. Mañana llamaré al Juzgado para que me den más información sobre esto. Dado el supuesto de que pueda reclamar esa parte "inembargable", se hace allí directamente? Tengo que solicitar algún documento a la entidad bancaria?
Saludos.
Yo tengo caixabank y me embargaron 170€ de una multa de mi hijo( el coche es mio)
y en mensajes tenia todo detallado
Tu entidad bancaria podra darte alguna informacion
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Buenos días,
actualizo el estado de lo que comenté hace unos días.
- 06/02: Juzgado de primera instancia n 9 de Sevilla realiza una retención por embargo de la cuenta bancaria en la que recibo el salario.
- 07/02: Llamo por teléfono al juzgado, comento la situación y me piden que vaya ese mismo día y lleve una copia de los movimientos de los 6 últimos meses. Me presento allí, entrego la documentación y ellos mismos me realizan un escrito para que lo estudien.
- 08/02: Sin noticias.
- 09/02: Llamo para saber como va esa gestión y me informan de que han determinado de que el embargo está bien realizado, recuerdo que me han dejado la cuenta con 0€ y no han tenido la más mínima consideración de que esa cantidad embargada corresponde con mi salario, pregunto por la razón y la respuesta es "Porque no" y además que la otra parte ya tiene el dinero en su poder, no me pueden decir más. Dicen que me van a mandar una resolución que podría alegar pero nada más. Es decir, me quedo con 0€ hasta final de mes y según leo en la Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 588, esto no debería haber ocurrido.
¿Alguna experiencia con algún caso similar?
Muchas gracias,
Un saludo.
Pero sabes porqué es el embargo ya? Yo no tengo idea de estas cosas, porque si son de asuntos relacionados con hacienda, seguridad social, etc. no sé cómo va el asunto porque no me veo en el caso. Pero si fuera por un juicio perdido por tu parte contra una entidad "x",...pues no, ese embargo no es correcto, ni está bien aplicado porque el embargo ya viene reflejado en la nómina y embargado antes de que cobres nada, a ti te han hecho un barrido de cuentas que es diferente, que ojo, no digo que sea correcto ni nada, pero tal como lo comentas, en mi opinión eso no es un embargo de nómina. En un embargo de nómina si cobras, por ejemplo, 2800, y te embargan la nómina, pues pasarías a cobrar 2000 euros por decir un ejemplo (toca calcular por %) todos los sucesivos meses/años hasta que saldes la deuda pendiente, pero no TODO