Seguirán demandando probablemente hasta que un juez se lo admita. Hasta que no haya sentencia no se consideraría efecto de cosa juzgada.
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Pues este tema no acaba, acabo de recibir esto en casa:
Archivo adjunto 57157
¿Alguien me puede ayudar para entender que es lo que está pasando? yo no he recibido ninguna comunicación adicional al respecto de esto después de que me llegó la desestimación por la nulidad de la claúsula de vencimiento anticipado.
A ver trianero, dices más arriba que recibiste del Juzgado el sobreseimiento del Monitorio, pero no lo subiste.
Esto que te acaba de llegar ahora, me da la impresión ya que sin ver más documentos no te puedo decir con más exactitud.
El Juzgado les inadmite el Monitorio, Cofidis apela ese desestimiento ante la Audiencia Provincial para que les admita esa demanda.
Al llegar la apelación a la Audiencia Provincial, la Audiencia Provincial cita a las partes para darse por personadas, es el trámite marcado por ley cada vez que hay una apelación en las Audiencia provinciales.
Esto desde el principio te lo llevó un Abogad@???
De qué cantidad es la demanda???
Buenas Gofi:
Pueso subir escaneado el sobreseimiento si sirve de ayuda, la cantidad demandada son 2110,83€ de un préstamo que está pagado prácticamente al céntimo y que lo puedo demostrar, ya contraté abofado en la primera ocasión para ello y lo desestimaron por el mismo motivo y ahora como no quería que me pasase lo mismo de "pagar para nada" y por mi experiencia personal la justicia gratuita es cualquier cosa menos justicia, esperé a que se admitiera a trámite para contactar con un abogado y oponernos con motivos más que de sobra, es decir, les han vuelto a tirar la demanda por la abusividad de la cláusula de vencimiento anticipado sin intervención por mi parte en el proceso.
Pero la duda que tengo es ¿porqué la Audiencia Provincial habla de "subsanar los defectos advertidos en el procedimiento"? ¿está parafraseando el texto de la apelación de Cofidis? ¿Porqué no he recibido el contenido de la apelación? ¿Como voy a defenderme de algo que desconozco? ¿Es obligatorio que haga algo?.
Como digo si sirve de algo que suba el sobreseimiento lo subo sin problemas.
Gracias!!!
Gofi subo el desestimiento editado
Muchas gracias.Archivo adjunto 57180
Pues es lo que me imaginaba, monitorio no admitido a trámite le dan 20 días a Cofidis por si quiere apelar.
Cofidis apela ante la audiencia Provincial, y la AAPP pide a las partes que se personen en la apelación, tramite que hace laAAPP, siempre que haya una apelación, o sea personarse.
Ahora la AAPP, fallará mediante Auto, si le admiten o no el monitorio y se lo comunicarán al Juzgado que se lo desistió, o bien para que lo admitan a trámite o bien para que lo archive.
Si no te comunicaron nada de la apelación para impugnarla, pues nada a esperar que dicte la AAPP, si se lo admiten a trámite, que es lo que suele pasar la mayoría de las veces, pues te defiendes.
Muchas gracias Gofi, todo claro,por un lado casi que prefiero que se lo admitan a trámite xq se q van a perder, o al menos deberían, pero claro me tocaría volver a pagar abogado y procurador.
Pues acabo de recoger notificación de la audiencia provincial donde estiman parcialmente la apelación de Cofidis y determinan q el monitorio se admite a trámite aunq hay una parte donde habla de las cantidades q no me queda clara.
Hablando de plazos cuánto tiempo tengo ahora xa la oposición?
¿Tengo que esperar a que ahora me llegue notificación desde el juzgado de primera instancia de mi localidad para oponerme? al menos eso es lo que entiendo de lo que dice la notificación , porque dice que ahora el juzgado de primera instancia es libre de analizar otros motivos que puedan impedir el procedimiento o modificar su cuantía.