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Tema: Puedo denunciar despues de haber pagado ?

  1. #1
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    Post Puedo denunciar despues de haber pagado ?

    Hola.

    En diciembre de 2018 pedí a creditea mil euros y pague 4 cuotas de 95 euros y una de 50, y al final he tenido que devolver 1050 euros la semana pasada.


    Es decir he devuelvo en mi último pago mas lo que solicite y eso que he pagado casi 500 euros de cuotas..


    Puedo denunciarles ? o ya no tengo nada que hacer pues les he devuelvo el dinero ?

    Gracias

  2. #2
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    La cuestión es.... ¿en base a que quieres reclamar?
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  3. #3
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    Puedo denunciar despues de haber pagado ?

    Poco recorrido le veo yo a esa demanda, despues de haber reconocido esa deuda y haberla pagado.

    Maribelica.
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  4. #4
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    Pues que he pagado mucho... no se..

  5. #5
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    Lukredd,

    El problema de esto es que al tu realizar el pago completo de todo, es como que estas reconociendo la deuda y dando por bueno lo pactado por contrato, en base a lo anteriormente expuesto un juez te dirá que si no estabas conforme, para que lo pagas? y al final te saldrá mas caro el collar que el perro, puesto que reclamar una supuesta usura en el contrato, tienes que ir a un juicio ordinario y eso vale más dinero del que vas a recuperar salvo condena en constas a la otra parte.

    Otra cosa habría sido que dejases de pagar, y te demandasen, entonces alegas usura clausulas abusivas etc ... pero ya te estas defendiendo no atacando

    No se si me he explicado bien.. en ocasiones soy muy malo para teclear.
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  6. #6
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    Puedo denunciar despues de haber pagado ?

    Cita Iniciado por gh0llvm Ver mensaje
    Lukredd,

    El problema de esto es que al tu realizar el pago completo de todo, es como que estas reconociendo la deuda y dando por bueno lo pactado por contrato, en base a lo anteriormente expuesto un juez te dirá que si no estabas conforme, para que lo pagas? y al final te saldrá mas caro el collar que el perro, puesto que reclamar una supuesta usura en el contrato, tienes que ir a un juicio ordinario y eso vale más dinero del que vas a recuperar salvo condena en constas a la otra parte.

    Otra cosa habría sido que dejases de pagar, y te demandasen, entonces alegas usura clausulas abusivas etc ... pero ya te estas defendiendo no atacando

    No se si me he explicado bien.. en ocasiones soy muy malo para teclear.
    ¿Como que va a juicio ordinario hombre de dios?.... Iría en tal caso a un verbal....cuidado con lo que aconsejais que a veces decis cada cosa.... ¡¡Jeeesus!!

    Los ordinarios son a partir de los 6000€.

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  7. #7
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    Cita Iniciado por MARIBELICA Ver mensaje
    ¿Como que va a juicio ordinario hombre de dios?.... Iría en tal caso a un verbal....cuidado con lo que aconsejais que a veces decis cada cosa.... ¡¡Jeeesus!!

    Los ordinarios son a partir de los 6000€.

    Maribelica.
    Maribelica, se puede poner una nulidad contractual sin abogado ni procurador en un verbal siendo la cuantía inferior a 2000€? he puesto eso puesto que un abogado con el que hablé recientemente sobre el tema de cetelem me indico que al ser una solicitud de nulidad contractual, aun sabiendo que el importe es menor de 2000€ es obligado que vaya por ordinario.... por eso he publicado eso.

    Puedes asesorarme un poco mas sobre ello?? te estaría muy agradecido ademas aprendería algo nuevo, dado que por lo que comentas el abogado con el que hable... o me ha tomado el pelo..o no se... ademas acabo de mirar en la LEC y según el art 249.5 entraría dentro de los juicios ordinarios no?

    " 5.º Las demandas en que se ejerciten acciones relativas a condiciones generales de contratación en los casos previstos en la legislación sobre esta materia, salvo lo dispuesto en el punto 12.º del apartado 1 del artículo 250."
    Última edición por gh0llvm; 14/04/2019 a las 15:07
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  8. #8
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    Puedo denunciar despues de haber pagado ?

    Va a verbal.. Por motivos de cuantía.

    La demanda la tiene que poner un abogado con el uso de procurador. Y depende de lo que pidas en la demanda... Tendría que verla.

    Es posible que si no demandas cuantia determinada y sí la nulidad de contrato, vaya a ordinario.. En este caso no es por motivos de cuantia... No estarias reclamando una cierta cantidad de dinero. Eso vendria despues. El abogado te ha hecho lo correcto.

    Maribelica.
    Última edición por MARIBELICA; 14/04/2019 a las 16:24
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  9. #9
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    Puedo denunciar despues de haber pagado ?

    [QUOTE=MARIBELICA;915128]Va a verbal.. Por motivos de cuantía.

    La demanda la tiene que poner un abogado con el uso de procurador. Y depende de lo que pidas en la demanda... Tendría que verla.

    Es posible que si no demandas cuantia determinada y sí la nulidad de contrato, vaya a ordinario.. En este caso no es por motivos de cuantia... No estarias reclamando una cierta cantidad de dinero. El abogado ha hecho bien..

    Maribelica.



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    Última edición por MARIBELICA; 14/04/2019 a las 16:24
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    Vale, creo que ya me he aclarado... a la hora de interponer la demanda se organiza por dos caminos.... tipo de reclamación o cuantía de la misma.

    En mi caso, al ser una nulidad contractual, en teoría va por el ordinario, pero como la cuantía que se va a reclamar a Cetelem ( puesto que se sabe el importe ) es inferior a 2000€, se procedería por verbal, otra cosa sería que no se supiese, o no se pudiese determinar la cuantía inicialmente, y en ese caso, es cuando sería ordinario.

    ¿ ahora apruebo el examen jefa?

    Mil gracias como siempre Maribelica... que haríamos sin vosotros !!!
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