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Tema: Puf bbva hipoteca muface

  1. #1
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    Avatar de abogaaadooo
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    Puf bbva hipoteca muface

    Hola a todos,

    Lo primero agradecer a todo el mundo que colabora en este magnífico foro que encontré el día de ayer.
    Bueno os pongo en antecedentes: Estoy solicitando una hipoteca en BBVA en virtud de un convenio firmado entre la entidad y MUFACE (mutualidad de funcionarios). A día de hoy estamos a la espera de que llegue el informe de tasación (el director me dijo que a bote pronto la operación era viable por lo que asumiera ese gasto necesario).
    Pues bien, dicho convenio incluye unas condiciones "ventajosas" entre las que no te exigen más que la contratación de un seguro de hogar. Ayer mismo, ya el director dejó caer el tema de la contratación de productos adicionales exigibles (en famoso PUF). Yo le dije que en el convenio lo único exigible era el seguro de hogar, a lo que me comentó que iba a consultarlo con los de "arriba" y ya me daría una explicación (me la quiere colar de todas, todas).

    Lo que os pido es qué pasos me recomendáis dar para evitar que me impongan este PUF (aviso a MUFACE, carta de reclamación, etc.) y, en el caso de que no sea posible, qué vías hay que seguir para anularlo (pues el leído que si lo haces en los 30 día siguientes a su firma, están obligados a cancelarlo), aparte de si conviene que no incluyan lo del PUF ni en la Oferta vinculante ni mucho menos en la escritura de formalización del préstamo hipotecario.

    Gracias por adelantado.

  2. #2
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    Bienvenido al foro antiusura.

    La firma de un préstamo hipotecario es, como todo en la vida, una negociación entre dos partes.

    El banco pone unas condiciones que tu puedes aceptar o no y lo mismo ocurre al contrario, tu puedes poner tus condiciones que el banco puede aceptar o no.

    Dicho esto, el banco cuenta con una ventaja sobre ti y es que que tu necesitas el dinero y el banco lo tiene, por lo tanto, está en condiciones ventajosas sobre ti.

    En ti está doblegarte a sus condiciones o mandarlos al carajo.

    Por cierto, el seguro de hogar puede que sea obligatorio (de hecho lo es), pero en la entidad que a ti te de la gana, no donde ellos te digan.

    A partir de ahí, tienes total libertad para aceptar sus condiciones o no.

    Saludos
    Última edición por RCB; 06/02/2013 a las 14:24
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  3. #3
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    Bienvenido
    Venid a mí todos los que estáis trabajados y cargados, y yo os haré descansar.
    Llevad mi yugo sobre vosotros, y aprended de mí, que soy manso y humilde de corazón; y hallaréis descanso para vuestras almas.

  4. #4

    jxxxxxxx
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    bienvenid@ abogaaadooo

  5. #5
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  6. #6
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    Bienvenido!!!

    El convenio suscrito entre Muface y el BBV obliga a tener contratado un seguro de hogar CON CUALQUIER COMPAÑÍA, no con ellos, ni te obliga a contratar ningún otro producto o seguro con ellos, excepto la domiciliación de la nómina, que debes tenerla durante toda la vigencia del préstamo. Todo lo que quieran colarte fuera del convenio denuncialo a Muface.

    Copio:
    HIPOTECA FÁCIL MUFACE TIPO VARIABLE

    Exclusiva para los mutualistas de MUFACE
    Requisitos:

    • El solicitante, en la fecha de adquisición, construcción o subrogación de vivienda debe de poseer la condición de mutualista.
    • En caso de matrimonio o asimilado, en el que ambos posean la condición de mutualistas, sólo podrá solicitar las condiciones preferenciales del préstamo hipotecario uno de ellos.
    • Que la vivienda se destine a domicilio habitual del mutualista, aunque no tenga carácter de primera vivienda. Se entenderá como vivienda habitual la que tenga esta consideración a efectos fiscales, es decir, aquella que constituya su residencia durante un plazo continuado de 3 años y que sea habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el mutualista, en un plazo de 12 meses.
    • Estos préstamos hipotecarios serán incompatibles con las ayudas de vivienda que concede MUFACE para la adquisición de primera vivienda.
    • El Mutualista, necesariamente ha de identificarse con el documento de afiliación a MUFACE.
    • Es requisito imprescindible la domiciliación de nómina en cuenta BBVA, además de contratar un seguro de hogar, que podrá hacerlo en BBVA o en cualquier compañía aseguradora.

    Finalidad:

    • Adquisición de vivienda mediante compra, autoconstrucción o subrogación, y que se destine a domicilio habitual del mutualista aunque no tenga carácter de primera vivienda.

    Condiciones económicas:

    • - SIN COMISIÓN DE APERTURA.
    • - AYUDA/BONIFICACION A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA HABITUAL: Para el año 2013 esta ayuda es de 729,66 €, que BBVA abonará por una sola vez en la cuenta del mutualista beneficiario del ptmo hipotecario en el momento de la formalización.
      En los años sucesivos, esta bonificación se verá incrementada en un porcentaje igual al IPC del año anterior.
    • - TIPO DE NTERÉS: Euribor 12 meses + 1,50 con domiciliación de nómina, tomando como referencia el Euribor publicado en el BOE correspondiente al mes anterior a la firma de la escritura pública del préstamo.
    • - Revisión anual
    • - Sin suelo
    • - La cuantía máxima del préstamo hipotecario no excederá del 80% del valor de tasación o compra venta de la vivienda (el menor de los dos).
    • - Plazo máximo del préstamo hipotecario será de 40 años en primera vivienda.
    • - Compensación por desistimiento parcial: Exenta.
    • - Compensación por desistimiento total: 0,50% del capital amortizado anticipadamente si la amortización se produce dentro de los 5 primeros años de la vida del préstamo y 0,25% cuando la amortización sea posterior a este plazo.

    Otras características:

    • FISCALIDAD: A efectos del receptor de la bonificación, ésta debe contemplarse como una Ganancia Patrimonial, con integración en la Base Imponible del I.R.P.F. no sometida a retención.

    NOTA ACLARATORIA GENERAL

    • LA DOMICILIACIÓN DE LA NÓMINA SE MANTENDRÁ DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL PRÉSTAMO HIPOTECARIO, EN CASO CONTRARIO YA NO ESTARÍA BAJO LA COBERTURA DEL CONTRATO SUSCRITO CON MUFACE, Y POR TANTO, EL INTERÉS SE VERÍA INCREMENTADO EN 150 PUNTOS BÁSICOS. IGUALMENTE EL MUTUALISTA DEBERÁ TENER CONTRATADO UN SEGURO DE HOGAR CON BBVA U OTRA COMPAÑÍA ASEGURADORA.
    • TODO EL PROCESO DE SOLICITUD, TRAMITACIÓN, CONCESIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS SERÁ DE LA COMPETENCIA EXCLUSIVA DE BBVA, QUE AJUSTÁNDOSE A SUS PROPIAS NORMAS Y CON CRITERIOS EXCLUSIVAMENTE BANCARIOS, ESTUDIARÁ Y DECIDIRÁ SU VIABILIDAD, SIN QUE MUFACE PUEDA INTERVENIR Y SIN QUE QUEDE LIGADA A LA MISMA POR NINGÚN TIPO DE RESPONSABILIDAD. EL CITADO PROCESO SERÁ INDEPENDIENTE DE LAS CONDICIONES PREFERENCIALES DE ESTOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS.
    • TODAS LAS OPERACIONES ESTÁN SUJETAS A LA APROBACION DE BBVA, POR LO QUE EL ANÁLISIS DEL RIESGO DE UN CRÉDITO HIPOTECARIO SERÁ INDEPENDIENTE DE LA TIPOLOGÍA DEL CLIENTE QUE LO SOLICITA Y SERÁ COMPETENCIA EXCLUSIVA DE BBVA.
    • LAS CONDICIONES DE FINANCIACIÓN SE MANTENDRÁN VIGENTES SIN MODIFICACIÓN DESDE EL 15 DE SEPTIEIMBRE DE 2011 HASTA EL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2013.

  7. #7
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    El martes pasaré por la oficina, ya os contaré...
    Lo más gracioso de todo es que el otro día me dice el director por teléfono que las condiciones que ofrece el convenio igual no son "rentables" para el banco y por eso la necesidad de contratar un seguro de este tipo.
    Yo le dije, me estas diciendo que el convenio no se respeta por parte del banco al no ser rentable... entonces ¿para qué sirve si no lo van a cumplir?
    Me da que después del martes realizo escrito de reclamación ante los servicios jurídicos de MUFACE con copia al Departamento de Colectivos del BBVA.

  8. #8
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    Efectivamente, puedes contratar el seguro con la entidad que tu quieras, no tiene que ser obligatoriomente con ellos. Puedes decirles que si, que vas a contratar el seguro pero, que necesitas el nº. de prestamos hipotecario para ponerlos como beneficiarios, a ver que cara se le queda.

    Ve con el convenio en la mano y ponte en tu sitio, que no se salga con la suya.

    Ya nos contarás.
    Saludos

  9. #9
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    Pero sólo el de hogar, el de vida si quiere hacerlo pone de beneficiario a quien quiera.....
    Proverbios 28:8 2 El que aumenta su riqueza por interés y usura, la recoge para el que se apiada de los pobres."

  10. #10
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    Cita Iniciado por julia59 Ver mensaje
    Pero sólo el de hogar, el de vida si quiere hacerlo pone de beneficiario a quien quiera.....
    En las entidades bancarias, si te hacen ellos mismo el seguro de vida, siempre se ponen ellos como beneficiarios. Lo que hay que saber es que, en un seguro de vida puedes cambiar el beneficiario siempre que se quiera y solo lo puede hacer el asegurado.

    Por ello, si hace el seguro con otra entidad aseguradora, puede poner en la parte de beneficiarios "Por capital pendiente de hipote, la entidad bancaria xxxx, sobre el nº. de prestamo xxxx y el resto del capital, herederos legales ó xxxxx).

    Saludos

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