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Tema: Seguros vida colectivos indemnizacion

  1. #11
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    Avatar de a por ellos
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    Pero porque no llamas a cardif por telefono y se lo preguntas?
    yo llamo todas las mañanas para preguntar por mis reclamaciones y me dicen que desde que se recibio la vida laboral son 15 dias y estoy cerca de cumplirlos el proximo dia 15
    te dejo el telefono y pregunta ( yo con mi numero de dni me dicen y tambien pregunto por otras 3 reclamaciones de otra persona con su numero de dni y hoy ya estaban abiertos los expedientes
    HAZ LA PRUEBA , LLAMA A CARDIFF Y DILES QUE NO TIENES CLARO O HAS PERDIDO LA CARTA Y QUIERES SABER QUE DINERO SE MANDO A CETELEM
    TELEFONO 915903001 PULSAS EL 1 SINIESTROS Y SON MAJISIMOS ( de momento)
    un saludo

  2. #12
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    RCB, lo que me preguntas con respecto a que pudiera ser mas indemnizaciones, no tiene lógica que en las alegaciones hechas a la DGS,les envien póliza y les envien ese justificante de pago, en este caso deberían haber enviado el justificante por el importe de 932 que dice Cetelem que le han abonado, esto resulta un poco confuso ¿No crees?.

  3. #13
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    Seguros vida colectivos indemnización

    Realmente esto es precisamente lo que me confunde, yo encuentro esto muy raro y tambien los de Alico y Unoe, que digan a fecha fallecimiento no había saldo pendiente, cuando yo el año pasado solicite a CIRBE y constaba que a Unoe según ellos les debía sobre 15.000 euros y ahora no les debe nada ¿Que ha pasado ahí?

    Tú no ves esto un tanto raro, entre Alico y Unoe. Porque en la póliza pone que la indemnización es 1/3 para la entidad y 2/3 para los herederos.

    Y que tambien estuviera en CIRBE con BARCLAYS, por una cifra más o menos igual que la de Unoe y que ahora ya no les deba nada.Ya que no consta¿Que ha pasado?

    Y que despues de un año ACCORDFIN, por fin llame y me pregunte mi cuenta bancaria para abonarme la indemnización y me pida documentos, con esto la verdad es que si parece que existen indemnizaciones y precisamente sea al que menos se le debía.

    Como todos sabemos ninguno tenemos pólizas de seguros, porque en su día no las enviaron y nosotros tampoco sabiamoa nada de nada y nos fiabamos de todos.Saludos.

  4. #14
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    Gracias a por ellos, mañana voy a llamar a Cardif y a lo mejor averiguo algo como tú me dices.Saludos

  5. #15
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    Cita Iniciado por yolmab Ver mensaje
    RCB, lo que me preguntas con respecto a que pudiera ser mas indemnizaciones, no tiene lógica que en las alegaciones hechas a la DGS,les envien póliza y les envien ese justificante de pago, en este caso deberían haber enviado el justificante por el importe de 932 que dice Cetelem que le han abonado, esto resulta un poco confuso ¿No crees?.
    Yo creo que no es tan descabellado, igual les envían la totalidad de lo pagado ese mes y por eso en la parte de atrás especifican los 932, no sé, es una idea.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


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  6. #16
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    Porque en la póliza pone que la indemnización es 1/3 para la entidad y 2/3 para los herederos.
    Pero 1/3 y 2/3 de que cantidad? Que pone la póliza en concreto?
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  7. #17
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    Veras en la parte que pone 932 es tan pequeñisimo que casi con lupa no se ve, eso de entrada me parece que quieren confundir. No me parece descabellado lo que dices,pero yo creo ver cosas muy extrañas y ya sabes como son las Cías de Seguros, no te puedes fiar ni un pelo.

    En la póliza no pone la cantidad asegurada, pero sin embargo especifica, que la suma asegurada se corresponde con el triple del saldo pendiente de la tarjeta que tuviera en fecha fallecimiento y luego viene lo que te dicho antes de los tercios.

    Tambien es coincidencia que digan que el último pago se efectuo el 5/6/2011, y precisamente con esa misma fecha le salio favorable ante el B.D.E ya sabes no contrato etc....

  8. #18
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    Perdona RCB, cuando dice el triple del saldo pendiente, yo entiendo que si tu debes por ejemplo 1000, el triple serían 3.000 y entonces ellos se cobrarían los 1000 y los 2.000 restantes, serían en esta caso para los herderos legales. ¿No es asi ?. Saludos y perdona toda la retahila que te estoy metiendo esta tarde, diras que soy una cansina, pero es que me tienen medio loca.
    Un abrazo

  9. #19
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    Cita Iniciado por yolmab Ver mensaje
    Perdona RCB, cuando dice el triple del saldo pendiente, yo entiendo que si tu debes por ejemplo 1000, el triple serían 3.000 y entonces ellos se cobrarían los 1000 y los 2.000 restantes, serían en esta caso para los herderos legales. ¿No es asi ?. Saludos y perdona toda la retahila que te estoy metiendo esta tarde, diras que soy una cansina, pero es que me tienen medio loca.
    Un abrazo
    En este caso, si, así lo entiendo yo, un tercio de ese triple del saldo pendiente es para ellos, y dos veces el saldo pendiente sería la indemnización para ti.

    Lo que me sigue sin cuadrar son los 68.002 euros, eso no hay por donde cogerlo.

    Saludos
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  10. #20
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    Eso es lo mismo que me sucede a mi RCB, por eso estoy deseando que lo haya podido ver el abogado y explicarme algo,pues como tú mismo dices no hay por donde cogerlo y si esta bien, sería apropiación indebida y demandarles por ello.
    Saludos

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