Sobre las tarjetas:
No es lo mismo pedir una CANCELACIÓN de la tarjeta que la SUSPENSIÓN de la tarjeta.
CANCELAR: Bloquean la tarjeta y has de pagar toda la deuda pendiente.
Un nuevo deseo de tener sus productos exige volver a realizar nuevo contrato.
SUSPENDER: Inactivan la tarjeta y puedes seguir pagando mes a mes.
La suspensión puede quitarse luego (si es que estás como una cabra) y, o bien basta con anunciarlo por teléfono o te mandan tarjetas nuevas dependiendo de la entidad.
Cuando te cambian el tipo de interés unilateralmente de las tarjetas, deben comunicártelo debidamente y, si no estás conforme, te suspenden la tarjeta y seguirás pagando con el interés anterior a la subida.
No te pueden exigir el cobro de toda la deuda de una vez, pues estás en situación de absoluta indefensión y no se puede ni debe hacer nada que vulnere negativamente las condiciones del contrato en perjuicio del cliente.
Si no te lo han comunicado debidamente -el cambio de intereses- y te das cuenta después, hay que reclamar por el dinero cobrado por ese incremento de intereses. No, no vale con que te digan que ya lo pone en cada extracto. ES UN CAMBIO EN EL CONTRATO.
Vengeur.