Me llego esta mañana y aqui lo dejo...
> El banco embarga la vivienda familiar y dependiendo del precio que dicho
> banco consiga en la subasta, el embargado sigue debiendo lo que el banco
> "cree oportuno" y de por vida. Cuando las subastas quedan vacías (que es lo
> que está pasando como norma) el banco se queda con la propiedad a menos del
> 50% de su valor. Continuando con el reclamo del 100% al embargado y pudiendo
> revender esa propiedad por el precio que ellos estimen oportuno con un 50% de
> margen....... Una gran estafa vaya.
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> Hoy os vamos a explicar un "modelo legal", que un banco no te va a
> contar, pero nosotros si que lo vamos a hacer....
>
> Método por el cual, se pierde de igual manera la "propiedad", pero, no te
> pueden echar de tu casa......
>
> En cuanto una persona ve que no va a poder pagar su casa, automáticamente le
> hace un contrato de alquiler a su mujer/suegra/hijo/hermano o a quién se
> pueda, por el valor de 1€, 5€ o 10€, con una duración "indefinida"/50 años,
> 100 años. Cantidad únicamente simbólica. El contrato debe estar a nombre de
> alguien que no figure en la hipoteca. El contrato debe estar pasado por el
> registro de la propiedad.
>
> En el momento del embargo, la propiedad figura en el registro a nombre del
> hipotecado, pero figura como una propiedad con inquilinos.
>
> Resultado del embargo, la "titularidad de la propiedad" cambia, a nombre
> del banco. El domicilio continúa teniendo inquilinos. Con esta maniobra,
> perderíamos la propiedad, continuaríamos debiendo la hipoteca, pero,
> tendremos que pagar a nuestro nuevo "casero" por nuestro expiso 10€ al mes
> y de por vida...... Ya que ellos, no dan soluciones, nosotros las
> buscamos........ Aquí teneis un gran arma, cuando "legalmente" no pueda
> seguir usándose, buscaremos más. Medidas de guerra para un tiempo de
> guerra.....
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