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Tema: Comisión por gastos de correo

  1. #1
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    Comisión por gastos de correo

    ¿Qué os parece esta comisión? Es que el otro día revisando cuentas bancarias vi esta comisión que es de las más rastreras a mi modesto entender. Detallaban un gasto de 0,36 por sobre a una media de 3 ó 4 sobres al mes. Este caso es real y me ha sucedido a mí con Ibercaja. Me gustaría saber qué opináis al respecto.

    Un saludo

  2. #2
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    Criterio del BANCO DE ESPAÑA


    Gastos de correo

    Recogen el costo que supone (sin beneficio para la entidad de crédito) el envío de cualquier
    documento que mantenga informado al cliente de su situación.

    Tras la entrada en vigor de la Ley 16/2009, de Servicios de pago, no se adeudarán estos
    gastos a los clientes por el cumplimiento de sus obligaciones de información, cuando
    obviamente estén referidas a este tipo de servicios o contratos que los sustentan.

    No obstante, podrá acordarse su cobro por la comunicación de información adicional o más
    frecuente, o por la transmisión de esta por medios de comunicación distintos de los especificados
    en el contrato marco, siempre que hubiera sido solicitada por el usuario del
    servicio y que los gastos fueran adecuados y acordes con los costes efectivamente soportados.

    Fuera de estos supuestos, cuando las entidades carguen gastos de correo, por estar legitimadas
    para ello, deberán indicarse estos con la máxima claridad.

    En cualquier caso, este Servicio considera que, dado que la entidad no puede repercutir
    más que los costes efectivamente incurridos, por cuenta de terceros, en cada envío no
    sería admisible que:

    – Se adeudaran tantos gastos de correo como documentos remitidos en el mismo
    envío, pues aceptarlo implicaría un lucro improcedente para la entidad.
    – Se hiciera recaer en el cliente el importe íntegro del gasto si el envío es aprovechado
    por la entidad para incluir información adicional a la pactada o información
    no requerida ni aceptada previamente por el cliente.

    Tampoco se considera una buena práctica bancaria que las entidades repercutan los gastos
    de correo a sus clientes cuando estos han dado instrucciones inequívocas de que no
    se les remita ninguna comunicación por este medio.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

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