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Tema: ¿Un cesionario de crédito que no puede ejecutarlo juducialmente?

  1. #1
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    ¿Un cesionario de crédito que no puede ejecutarlo juducialmente?

    Si el ejecutante basado en titulo no judicial (póliza de préstamo ante Notario) ha cedido el crédito a un tercero que NO puede sucederle procesalmente por no cumplir requisitos formales de 233 y 250 R Not. (17 LEC) y tampoco puede darse la caducidad de la instancia por inaccion procesal (239 LEC)..........
    ¿qué XXXX podría accionar ese cesionario para conseguir el cobro del crédito?

    Se admite cualquier sugerencia, mi deber es impedirla, aclaro.

  2. #2

    jxxxxxxx
    Avatar de jxxxxxxx
    por lo que tengo entendido, si existe un documento de cesión de deuda si podrían reclamarla, de hecho estoy metida en plena ejecución de títulos no con el santander sino con esco expansión y ese documento es el que han presentado en el juzgado... un saludo!

  3. #3

    jxxxxxxx
    Avatar de jxxxxxxx
    aquí te paso un hilo, donde se habla sobre esto... un saludo!

    http://www.foroantiusura.org/threads...ndido-mi-deuda

  4. #4
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    La sucesion procesal está admitida en art 17 LEC, poir supuesto.
    Ocurre que para la ejecuionde títulos judiciales, se necesita testimonio o certificado NOTARIAL de tal ejecutividad y debe ser el primero y nominativo (es decir, que no haya existido otra certificación ejecutiva y que vaya a nombre del acreedor).
    Si se produce la sucesión precesal por cesionario-comprador del crédito, entiendo que necesita nuevo testimonio o certificado notarial exigidopor los arts 17 Ley del Notariado y 233 y 250 Reglamento del Notariado, lo cual, al no poder aportarlos por motivos obvios....¿no podría suceder a la entidad bancaria.?

  5. #5
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    judith74:

    ¿Puedes mirar en tus autos de ETnoJ si ESCO EXPANSION aporta testimonio ejecutivo de la póliza de préstamo notarial que impagaste?, ¿hace referencia aeso o tu Abogado se opuso en esos diez días por ese motivo?.
    Sería muy aclaratorio

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