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Tema: Consulta (si procede) inclusión en fichero de morosos

  1. #21
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    Avatar de "Baneado" ReclamationMan
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    Cita Iniciado por sidefyx Ver mensaje
    ReclamationMan, para poner denuncia en la AGPD debes de cumplir un requisito previo. Ejercer tú derecho de Consulta de datos en cualquier fichero. Si no presentas pruebas de que ejerciste tal derecho no te hacen ni caso,, ya que, me repito, es requisito según la LOPD 15/99 en su art. 18 que dice:

    "Artículo 18 Tutela de los derechos

    1. Las actuaciones contrarias a lo dispuesto en la presente Ley pueden ser objeto de reclamación por los interesados ante la Agencia de Protección de Datos, en la forma que reglamentariamente se determine.

    2. El interesado al que se deniegue, total o parcialmente, el ejercicio de los derechos de oposición, acceso, rectificación o cancelación, podrá ponerlo en conocimiento de la Agencia de Protección de Datos o, en su caso, del organismo competente de cada Comunidad Autónoma, que deberá asegurarse de la procedencia o improcedencia de la denegación."

    Otra cosa es que una vez seguido los pasos pongas denuncia, es decir, primero ejercer derecho de Consulta, si está todo correcto way, pero como no lo está xq a tí nadie te notificó de manera fechaciente dicho hecho, entonces solicitas la tutela de la AGPD informando que se incumple los art. 38.1.c), art. 39 y art. 40 en su totalidad, excluyendo el punto 5 xD que como no te llego nada fué devuelta. Pero bueno, eso te sirve de manera temporal, como se ha hablado muchas veces, y es cierto que durante ese tiempo, puede intentar pedir algo que necesites con alguna empresa que no te lo halla consultado con anterioridad, pero a los pocos días (unas dos semanas) tellegará cartita a tu casa (certificada o burofax) y cuando ellos reciban notificación, volverás a estar en dicho fichero.

    Y en caso de que la deuda sea incierta o falsa, denuncias como un campeón, y solicita indemnización, todo lo que hallas pedido y te sea denegado, te quedas con papeles indicandote xq te lo deniegan y así tener prueba documental de lo sucedido. Yo por no saberlo no lo he hecho con mi parienta...

    sidefyx, me basta con esos 20 días para sanearme porque mi problema es que Novagalicia esta podrida por dentro con preferentes, directivos ********, etc, pero por fuera sostenida a base de cirugía estética gracias a las ayudas de 9000millones del FROB. En cuanto a mi, digo lo de sanearme porque he conseguido refinanciación por medio de otro banco, el del amigo que me consiguió la info del fichero de morosos, y en cuanto me quiten del fichero moroso cautelarmente, el amigo se mueve y me refinancia la poliza de crédito trampa a 1 año que me dieron los de robagalicia.

    Y digo trampa por las conclusiones de lo siguiente: como me la dieron, en su día covenciendome que era mejor que prestamo por menor tipo de interés, y que se me la renovaría cada año, renovándome el credito desde hacia 3 años y cumpliendo por mi parte en pagar mis intereses remuneratorios en plazo y forma.... a 1 mes de vencer me dicen que no renuevan a nadie prestamos ni nada dada la mala situación interna de novagalicia. Aquí les ofreci avales con propiedades ya que soy insolvente y quiero seguirlo siendo para domar a este tipo de fieras y no quisieron negociar, y eso me da mala espina que intentan sostenerse a base de crujir a todos con intereses de demora abusivos. Ademas tengo tan mala suerte que cerraron mi oficina de un plumazo asi que las posibilidades de negociación con mi oficina se fueron!!

    En cuanto a los intereses...de demora del 25%!!! ya les envié una carta al SAC pidiendo su supresión o adecuación al interés legal del dinero por ser abusivos y usurarios haciendo alusión a varias sentencias recientes salidas en medios de comunicación ( Ejemplo 1, Ejemplo 2, Ejemplo 3, etc. ) que anulan tales intereses por desproporcionados, desmesurados, abusivos y usurarios, que tras su respuesta enviaba reclamación a Banco de España y lo ponia yo en manos de un abogado. Se han cumplido hace unos días los 2 meses y no me han respondido.


    No obstante, esta semana cerca de las 11 de la noche me han llamado de un movil los de Lindorff, que pensé que eran los de los bombones de licor que se anuncian por la tele, pero no, ya en el foro alertan de la calaña que son los de Lindorff no obstante: me llaman primeramente en nombre de novagalicia, por la hora pensé que me habia tocado un premio, pero me dicen que se están encargando del recobro de deuda de novagalicia banco, y bla, bla, bla, se muestran atentos en refinanciar ellos y les digo que me manden por escrito sus propuestas de refinanciación para estudiarlas con mi abogado, su autorización de que están acreditados por la entidad para tramitar la operación, y a partir de ahi ya vería si hablamos...

    Según la info que veo por internet Lindorff tiene relación con Novagalicia: Tres grupos inversores quieren comprar una filial de Novagalicia Banco

    --[ como tengo una apps en mi movil que graba las llamadas como no me respondan paso la llamada a un CD y me doy una vuelta por al Agencia de Protección de Datos, a ver conque derecho les han cedido mis datos Novagalicia a ellos sin yo autorizarlo. ]--





    Cita Iniciado por sidefyx Ver mensaje
    Acabo de darme cuenta, leyendo la respuesta que has recibido de una cosa.

    Hay que diferenciar como bien se ha explicado aquí entre procedimiento TUTELAR y SANCIONADOR, a verla diferencia más obvia es lo que establece el art. 122 del RD 1720/2007 que dice:

    "Artículo 122 Iniciación

    1. Con anterioridad a la iniciación del procedimiento sancionador, se podrán realizar actuaciones previas con objeto de determinar si concurren circunstancias que justifiquen tal iniciación. En especial, estas actuaciones se orientarán a determinar, con la mayor precisión posible, los hechos que pudieran justificar la incoación del procedimiento, identificar la persona u órgano que pudiera resultar responsable y fijar las circunstancias relevantes que pudieran concurrir en el caso.

    2. Las actuaciones previas se llevarán a cabo de oficio por la Agencia Española de Protección de Datos, bien por iniciativa propia o como consecuencia de la existencia de una denuncia o una petición razonada de otro órgano.

    3. Cuando las actuaciones se lleven a cabo como consecuencia de la existencia de una denuncia o de una petición razonada de otro órgano, la Agencia Española de Protección de Datos acusará recibo de la denuncia o petición, pudiendo solicitar cuanta documentación se estime oportuna para poder comprobar los hechos susceptibles de motivar la incoación del procedimiento sancionador.

    4. Estas actuaciones previas tendrán una duración máxima de doce meses a contar desde la fecha en la que la denuncia o petición razonada a las que se refiere el apartado 2 hubieran tenido entrada en la Agencia Española de Protección de Datos o, en caso de no existir aquéllas, desde que el Director de la Agencia acordase la realización de dichas actuaciones."

    Por tanto al existir denuncia (exista o no la presunción de inocencia), se debe de iniciar POR la AGPD un proceso para recabar información. No entiendo, si te habla sobre un procedimiento sancionador, ¿porque tratan tú problema como un procedimiento tutelar?

    N.P.I, a mi le olió a , cuando leí la carta de la AGPD Españistaní que quieres que te diga!!, a ver si la señorita Judith nos echa un cable que por lo que la he leido domina lo juridico "casi como una abogada".




    Perdón por el rollazo de explicación, pero al menos me lo tomo con humor y me digo a mi mismo...



  2. #22

    Áticus
    Avatar de Áticus
    Te entiendo reclamationman, pero sigo con lo mismo no te obceques en lo que tenían que haber hecho otros sino en lo que tenías que haber hecho tu, puesto que la ley dice que la carga de de la prueba corresponde a quién acusa. Posiblemente en la nueva ley de administraciones públicas esto que estas diciendo tu, debería estar expuesto y así de esa forma se eliminarían muchas duplicidades que no llevan nada mas que a malgastar nuestro dinero público.
    Repito no te obceques y busca pruebas.

  3. #23
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    Avatar de "Baneado" ReclamationMan
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    Falle el primer tiro con la primera denuncia, pero espero hacer diana en el segundo ya con los datos del fichero en mano...

    También falle que en la denuncia al banco debia de haber adjuntado el envio pidiendo la cancelación de mis datos al fichero Badexcug de Experian y que como no me respondieron no disponia de el. Lo cual les hubiera motivado a hacer más que lo que hicieron.

  4. #24

    Áticus
    Avatar de Áticus
    Llevas toda la razón, y eso te sirve como prueba, no se puede dar la callada por respuesta, a no ser que tu escrito se haya enviado por un medio no feaciente, pero creo que ese fallo no lo habrás cometido.

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