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Tema: Denunciar ante la Guardia Civil o la Policía Nacional del acoso

  1. #1
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    Denunciar ante la Guardia Civil o la Policía Nacional del acoso

    Hola. Quisiera saber de alguien que lo haya hecho o sepa cómo hacerlo, el procedimiento para denunciar ante la Policía o Guardia Civil las llamadas que hacen los usureros a familiares, vecinos, y en definitiva, a cualquier otro dato que no se le haya dado (con o sin rectificación de datos).

    No sé hasta qué punto se puede presentar una denuncia alegando sólo que están llamando a vecinos o amigos preguntando por mi. No sé si se puede/debe citar que sabemos que son unos recobradores, etc...

    Y en caso de poner la denuncia, qué cabe esperar que ocurra.

    Saludos!

  2. #2
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    Lauren, creo que si llaman a otra gente preguntando por ti y no dan ningun dato personal tipo que llaman por una deuda y similar no hay nada a hacer, salvo que llamen muchas veces y entonces, la persona que recibe dichas llamadas puede denunciar por acoso ya que no dejan de molestar
    Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.

    No preguntes cuantos son, sino donde estan.

  3. #3
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    Justo nada más escribir el anterior post, recibo el siguiente SMS de Carrefour:

    "INFO: Tiene 24 h para solucionar su incidencia. Contacte en el tfno 98321xxxxxx"

    ¿Esto no es una amenaza flagrante denunciable????

  4. #4
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    Cita Iniciado por Risto Ver mensaje
    Lauren, creo que si llaman a otra gente preguntando por ti y no dan ningun dato personal tipo que llaman por una deuda y similar no hay nada a hacer, salvo que llamen muchas veces y entonces, la persona que recibe dichas llamadas puede denunciar por acoso ya que no dejan de molestar
    Hola Risto:

    No sé hasta qué punto... En ese caso yo podría llamar a mi ex novia, o mejor dicho, a sus vecinos, preguntando por ella, ya que ella no me quiere coger el tfno (es un ejemplo no real). Pero de lo que sí estoy seguro es de que en este caso concreto, que a la postre puede llevar a presunto caso de acoso y posible maltrato psicológico, las Fuerzas del Orden no dudarían en actuar.

    ¿tanto se diferencia esto?

  5. #5
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    De ese tipo de sms vas a recibir muchos,y peores,ya te lo digo yo.Haz caso a Risto.Lo que ahi puedes denunciar es la molesta y el acoso.Mientras que ellos no digan nada del tema de la deuda,no hay nada que hacer.

  6. #6
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    Cita Iniciado por LAUREN Ver mensaje
    Hola Risto:

    No sé hasta qué punto... En ese caso yo podría llamar a mi ex novia, o mejor dicho, a sus vecinos, preguntando por ella, ya que ella no me quiere coger el tfno (es un ejemplo no real). Pero de lo que sí estoy seguro es de que en este caso concreto, que a la postre puede llevar a presunto caso de acoso y posible maltrato psicológico, las Fuerzas del Orden no dudarían en actuar.

    ¿tanto se diferencia esto?
    Pues no, pero la gente se la coje con papel de fumar, me explico: probablemente si tu vas a la comisaria o al juzgado y dices que una empresa que tu crees es de recobros llama tres veces a tu vecino del piso de encima y pide por favor que te dejen el mensaje que llames a banco Pepe pues supongo que depende del funcionario de turno que te toque pero es facil que ni te la tramiten y, si lo hacen, como si no lo hicieran. Eso si, si va la persona afectada diciendo que lo hacen a horas en que el, por decir algo, hace la siesta y se la fastidian y le produce ansiedad y patatatan, pues es facil que la admitan a tramite, hablen con la empresa, les digan que son unos cenutrios y esta, por no tener mas lios, pase de llamar a ese vecino y llame a otro.

    Diferente seria que llamaran 15 o 20 veces o que dieran datos personales, entonces si que se admitiria tramite e irian a por ellos y se pondrian mas serios.

    Es mi opinion.
    Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.

    No preguntes cuantos son, sino donde estan.

  7. #7
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    Justo nada más escribir el anterior post, recibo el siguiente SMS de Carrefour:

    "INFO: Tiene 24 h para solucionar su incidencia. Contacte en el tfno 98321xxxxxx"

    ¿Esto no es una amenaza flagrante denunciable????
    Haciendo de abogado del diablo te digo que no ¿razon de carrefour? "hombre, es que si no se le aplicaran unos intereses x (algo se inventarian) y como usted es un buen cliente no queremos que tenga usted que pagar mas"
    Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.

    No preguntes cuantos son, sino donde estan.

  8. #8
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    Justo nada más escribir el anterior post, recibo el siguiente SMS de Carrefour:

    "INFO: Tiene 24 h para solucionar su incidencia. Contacte en el tfno 98321xxxxxx"

    ¿Esto no es una amenaza flagrante denunciable????
    Y donde ves tu aquí una amenaza?

    Una amenaza sería si te dijeran que te quedan 24 horas para que te den una paliza, pero te están diciendo que tienes 24 horas para solucionar tu incidencia, eso no es ninguna amenaza.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  9. #9
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    CAPÍTULO II

    De las amenazas

    Artículo 169

    El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:

    1.º Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años.
    Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos.

    2.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional.

    Yo no soy jurista, pero creo que el artículo lo dice bien claro. Me da igual que me da lo mismo que en un mensaje de texto se me diga de forma laxa que tengo que llamar a tal número en un plazo de tiempo X, o, como en otros mensajes a través de carta: "daremos su expediente a una agencia de recobros", o "para evitar males mayores..."

  10. #10
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    Y por ende, por lo poco que pueda saber de Leyes, lo que sí que sé positivamente es que una preposición A, que implica forzosamente una proposición B, puede ser una amenaza según esté formulada:

    Preposición A: "Tiene 24 horas para pagar XXX euros"

    ergo (de lo contrario)

    Preposición B "pasaremos su caso a entidades de recobro"
    Preposición C "y acciones que puedan causarles males mayores"

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