Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
Página 1 de 2 12 ÚltimoÚltimo
Resultados 1 al 10 de 14

Tema: Embargo de cuenta bancaria ¿tiempo? y... dinero que pudiera devolverme una empresa..

  1. #1
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Madriles44
    Fecha de ingreso
    15 jun, 11
    Mensajes
    221
    Me gusta (Dados)
    4
    Me gusta (Recibidos)
    0

    Exclamation Embargo de cuenta bancaria ¿tiempo? y... dinero que pudiera devolverme una empresa..

    hola buenas tardes a todos, había puesto esto en un post general de embargos de cuentas bancarias, pero me han sugerido que habra un post nuevo para que el resto de foreros lo lean mejor.
    Tengo un par de dudas, mi pregunta es la siguiente:

    1º.- hay pendiente de embargo de bbva, de hecho han estado embargando a mi marido (pues yo no trabajo) la parte proporcional del paro, pero como ahora mi marido está trabajando desde hace dos meses, he visto que desde este lunes hay una retencion en la cuenta bancaria donde ingresan la nómina y en la que había de 12 euros, pone embargo centralizado, sin más, aparte de lo de bbva, que imagino que irán a embargar la parte proporcional de la empresa y en cualquier momento, hay una deuda con hacienda de poco menos de 200 euros ¿es posible que el embargo sea de hacienda? y ¿por cuanto tiempo está la cuenta embargada? porque el cobra dos dias antes de final de mes el sueldo y si sigue embargada ¿embargan todo aunque no corresponda toda la nómina? y ¿se puede domiciliar la nomina en una cuenta que se esté como autorizado para que no embarguen la cuenta bancaria?

    y 2º.- he tenido un juicio contra mi antigua empresa (que hace 4 años que me despidieron) ayer, por un tema de categoria superior que desempeñaba, no se sabe la sentencia, pero en caso de que saliese favorable y me tuvieran que dar el dinero xxx que corresponda ¿es embargable? ¿podría dar una cuenta en la que este solo como autorizada para que no me lo embargasen?

    Gracias de antemano, es que no se que hacer, pero lo único que recibimos ahora es la nómina de mi marido porque yo sigo sin encontrar trabajo desgraciadamente .......
    Saludos cordiales y felicidades por este magnifico foro.

  2. #2
    Estado
    Desconectado
    Avatar de RCB
    Fecha de ingreso
    05 may, 11
    Ubicación
    El Mundo
    Mensajes
    39,331
    Me gusta (Dados)
    149
    Me gusta (Recibidos)
    5678
    Cita Iniciado por Madriles44 Ver mensaje
    hola buenas tardes a todos, había puesto esto en un post general de embargos de cuentas bancarias, pero me han sugerido que habra un post nuevo para que el resto de foreros lo lean mejor.
    Tengo un par de dudas, mi pregunta es la siguiente:

    1º.- hay pendiente de embargo de bbva, de hecho han estado embargando a mi marido (pues yo no trabajo) la parte proporcional del paro, pero como ahora mi marido está trabajando desde hace dos meses, he visto que desde este lunes hay una retencion en la cuenta bancaria donde ingresan la nómina y en la que había de 12 euros, pone embargo centralizado, sin más, aparte de lo de bbva, que imagino que irán a embargar la parte proporcional de la empresa y en cualquier momento, hay una deuda con hacienda de poco menos de 200 euros ¿es posible que el embargo sea de hacienda?

    NO SOLO ES POSIBLE, SINO QUE YO DIRIA QUE ES DE HACIENDA.

    y ¿por cuanto tiempo está la cuenta embargada?

    SI ES DE HACIENDA, SON RETENCIONES PUNTUALES, CADA X TIEMPO HACEN UN BARRIDO DE LAS CUENTAS Y LO QUE PILLEN ES PA ELLOS.

    porque el cobra dos dias antes de final de mes el sueldo y si sigue embargada ¿embargan todo aunque no corresponda toda la nómina?

    SI ES DE HACIENDA, PILLAN LO QUE HAYA,PROVENGA DE DONDE PROVENGA.

    y ¿se puede domiciliar la nomina en una cuenta que se esté como autorizado para que no embarguen la cuenta bancaria?

    SI, SIN PROBLEMA...........

    y 2º.- he tenido un juicio contra mi antigua empresa (que hace 4 años que me despidieron) ayer, por un tema de categoria superior que desempeñaba, no se sabe la sentencia, pero en caso de que saliese favorable y me tuvieran que dar el dinero xxx que corresponda ¿es embargable?

    SI........

    ¿podría dar una cuenta en la que este solo como autorizada para que no me lo embargasen?

    SI TE LO EMBARGAN, TE LO EMBARGAN EN ORIGEN, NO LLEGA A LA CUENTA.

    Gracias de antemano, es que no se que hacer, pero lo único que recibimos ahora es la nómina de mi marido porque yo sigo sin encontrar trabajo desgraciadamente .......


    Saludos cordiales y felicidades por este magnifico foro.
    NO hay de que..........., LO PRIMERO QUE DEBES HACER, ES IR AL BANCO Y PREGUNTAR DE DONDE PROCEDE ESA RETENCIÓN, SI ES DEL JUZGADO O ES DE LA AGENCIA TRIBUTARIA Y SABRÁS CÓMO ACTUAR, PUES NO ES LO MISMO.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  3. #3
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Madriles44
    Fecha de ingreso
    15 jun, 11
    Mensajes
    221
    Me gusta (Dados)
    4
    Me gusta (Recibidos)
    0
    Mil gracias por las aclaraciones, ahora, lo que no sabía, es que se puede domiciliar la nómina en una cuenta que estes como autorizado, eso es lo primero que hay que hacer está clarísiiiimo.
    De momento la cuenta sigue con el saldo retenido desde el lunes, si es solo de unos dias... a ver que pasa en unos dias. y en cuanto a si es de hda que me da que si, imagino que si llega el sueldo y sigue embargado, cogerán lo que les corresponde a ellos es decir, los 200 y el resto quedara disponible ¿no?

    en cuanto a lo de mi juicio la faena es que si falla a mi favor la jueza contra mi antigua empresa (que hace de esto cuatro años), que directamente no me llegue nada... porque es un buen dinero si sale favorable, ¿cómo demonios se enterarían? pues en realidad me imagino que sería una transferencia lo que harían y no estoy trabajando ni nada, sería un juicio que ganaría yo... jo.......
    mil gracias RCB por las aclaraciones
    Última edición por Madriles44; 08/05/2014 a las 22:51

  4. #4
    Estado
    Desconectado
    Avatar de RCB
    Fecha de ingreso
    05 may, 11
    Ubicación
    El Mundo
    Mensajes
    39,331
    Me gusta (Dados)
    149
    Me gusta (Recibidos)
    5678
    Cita Iniciado por Madriles44 Ver mensaje
    Mil gracias por las aclaraciones, ahora, lo que no sabía, es que se puede domiciliar la nómina en una cuenta que estes como autorizado, eso es lo primero que hay que hacer está clarísiiiimo.
    y la faena es que si falla a mi favor la jueza contra mi antigua empresa (que hace de esto cuatro años), que directamente no me llegue nada... porque es un buen dinero si sale favorable, ¿cómo demonios se enterarían? pues en realidad me imagino que sería una transferencia lo que harían y no estoy trabajando ni nada, sería un juicio que ganaría yo... jo.......
    mil gracias RCB por las aclaraciones
    Insisto, mientras no sepas de donde procede el embargo, no te puedo decir nada, porque dependiendo si es judicial o es de la Agencia Tributaria, te lo pueden embargar o no.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  5. #5
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Madriles44
    Fecha de ingreso
    15 jun, 11
    Mensajes
    221
    Me gusta (Dados)
    4
    Me gusta (Recibidos)
    0
    Buenas tardes, ya se donde es el embargo, es de un impuesto del Ayto de Madrid, el importe es de 248,40 pero como solo había 12.49, pues si en 20 dias no hay levantamiento de embargo, eso queda pillado, entonces mi pregunta cuando llegue el 29 0 30 de este mes el sueldo embargaran hasta los 248,40 y el resto queda diponible? la cuenta sigue retenida con los 12.49 que han pillado
    gracias de nuevo.
    Saludos

  6. #6
    Estado
    Desconectado
    Avatar de RCB
    Fecha de ingreso
    05 may, 11
    Ubicación
    El Mundo
    Mensajes
    39,331
    Me gusta (Dados)
    149
    Me gusta (Recibidos)
    5678
    Cuando vuelvan a hacer otro barrido de cuentas, pillaran lo que haya hasta competar el total de la cantidad a embargar, el resto queda en la cuenta.

    Las retenciones de la administración son de 20 dias, pasados esos 20 dias, si no se ha pagado, es cuando ejecutan esa retención.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  7. #7
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Madriles44
    Fecha de ingreso
    15 jun, 11
    Mensajes
    221
    Me gusta (Dados)
    4
    Me gusta (Recibidos)
    0
    osea que como esta retenido desde el dia 6 de mayo si se cuentan los fines de semana que no lo se, el dia 27 aplicaran los 12 euros y pico y dejan liberada la cuenta hasta hacer otro barrido ¿es asi?

  8. #8
    Estado
    Desconectado
    Avatar de RCB
    Fecha de ingreso
    05 may, 11
    Ubicación
    El Mundo
    Mensajes
    39,331
    Me gusta (Dados)
    149
    Me gusta (Recibidos)
    5678
    Así es...............
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  9. #9
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Madriles44
    Fecha de ingreso
    15 jun, 11
    Mensajes
    221
    Me gusta (Dados)
    4
    Me gusta (Recibidos)
    0
    Muchas gracias RCB, osea que o vuelven a hacer otro barrido en un tiempo o incluso intentaran embargar otra cosa.
    Gracias de nuevo, tengo tantos frentes abiertos que esto es una locura...........
    Saludetes

  10. #10
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Madriles44
    Fecha de ingreso
    15 jun, 11
    Mensajes
    221
    Me gusta (Dados)
    4
    Me gusta (Recibidos)
    0
    hola, he visto que hoy han liberado la cuenta y han cogido los 12 euros y pico, es de impuesto del ayto de madrid ¿que haran ahora? vuelven a hacer otro barrido? ¿deberia hablar con el ayto para ver como lo soluciono? ¿pueden embargar el coche por ese misero dinero de doscientos y pico euros?
    uffffff, se me acumulan los problemas ....
    gracias. Saludos

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •  
síguenos
sobre nosotros
Foroantiusura pertenece a la asociación A.C.U.S.A., una asociación sin ánimo de lucro que pretende ayudar y dar información sobre la usura bancaria y otros abusos bancarios.
foro antiusura 
Información y asesoramiento sobre:

- Usura financiera.
- Cómo recuperar tu dinero.
- Cuales son nuestros derechos.
- Medidas legales ante la usura.
- Campos de actuación ante el abuso.
- Cómo actuar ante el acoso bancario.