Aunque polémicas siempre, en tiempos de crisis las prestaciones por desempleo se convierten en diana de todo tipo de críticas y opiniones. Esta semana, el presidente de la Comisión de Economía y Política Financiera de la CEOE, José Luis Feito,*proponía *que los parados que rechacen la primera oferta de trabajo dejen de cobrar la prestación. Y decía más: "Como si la oferta es en Laponia". Y es que, según Feito, "en España*hay una mentalidad de que el paro es una especie de renta, y que se tienen dos años para buscar trabajo", cuando, según él, en los países escandinavos, "que tienen un sistema de bienestar que admiramos todos", son más exigentes en la prestación de rentas y transferencias y la administración pública es muy poco tolerante cuando un individuo no acepta una oferta de trabajo. La polémica no es nueva. Y las opiniones están muy divididas. Por un lado, los que consideran que*las prestaciones llevan a los parados a no aplicarse en la búsqueda de empleo. El tantas veces repetido: "Prefieren no trabajar y seguir cobrando el desempleo". Es cierto que en España son muchas las personas que compaginan el cobro del paro con un*trabajo en 'B'. En el lado opuesto, los que creen que la prestación por desempleo es*un derecho que el trabajador se ha 'ganado'*con sus años en activo, que nadie está en paro por gusto, y que no se le puede exigir que acepte cualquier oferta de empleo si ésta le supone cobrar menos que la prestación, un trabajo que no se adecue a su formación, o un desplazamiento que le ocasione unos gastos que hagan que el trabajo no le reporte beneficios; no sólo por el gasto en transporte, sino por lo que puede conllevar si se tienen personas al cargo, o si se ve obligado a buscar instalarse en otra ciudad. Aunque el Gobierno*ha rechazado *de plano la sugerencia de la CEOE, es un*tema recurrente en la agenda de los diferentes ejecutivos. El último intento de reforma del sistema, en 2002, bajo mandato de José María Aznar, quedó en papel mojado, además de provocar una huelga general. Entonces, se proponía, entre otras cosas, la obligación de aceptar un empleo a 30 kilómetros del domicilio, con cualquier tipo de contrato y salario, además de la desaparición progresiva del PER (subsidio agrario). Pero, ¿realmente el sistema español ofrece una protección por desempleo superior a la del resto de países europeos? ¿Cómo son esos otros sistemas, que tantas veces evocan políticos y empresarios como ejemplo de racionalidad y buenas prácticas? ESPAÑA Para cobrar la prestación se debe haber cotizado a la Seguridad Social*al menos 360 días dentro de los seis años anteriores*a la situación de paro. En caso de desempleo total, la prestación asciende al*70% de la base de cálculo durante los primeros 180 días, y al 60% de la base de cálculo durante el resto del periodo de la prestación, siempre*sujetos a un importe mínimo y a un importe máximo*de unos 1.100 euros al mes (que se eleva hasta los 1.356 si se tienen dos o más hijos al cargo). La base de cálculo representa el promedio de las bases de cotización durante los últimos seis meses. Se estipulan unos importes mínimos y máximos de las prestaciones. En caso de desempleo parcial, la prestación se reduce proporcionalmente. Las personas que tienen derecho a una prestación por desempleo tienen también*derecho a asistencia sanitaria. La duración de la prestación depende del periodo durante el cual se ha estado cotizando en los seis años anteriores. Si se abonaron las cotizaciones durante al menos 360 días, puede cobrarse la prestación por desempleo durante un periodo de hasta cuatro meses. Si el periodo de abono de las cotizaciones fue superior a 2.160 días, la prestación por desempleo puede cobrarse durante un*periodo de hasta dos años. Además, se otorga un*subsidio de desempleo (de 400 euros)*a las personas que no tienen derecho a una prestación contributiva por no tener periodo cotizado suficiente, y también a las que, habiendo tenido derecho a la prestación contributiva, siguen en situación de desempleo cuando finaliza el periodo de prestación. Se pagan únicamente a los desempleados que buscan trabajo y que tienen*ingresos inferiores al 75% del salario mínimo, que han estado registradas en la oficina de empleo correspondiente durante un mes y no han rechazado una oferta de trabajo adecuada o un cursillo de capacitación profesional ofrecido por el Servicio Público de Empleo. ALEMANIA Generan derecho a paro los desempleados que hayan trabajado durante al menos 12 meses en los últimos tres años,*informa Rosalía Sánchez. La prestación supone*alrededor del 60% del último sueldo neto, y se eleva hasta el 67% si se tienen hijos al cargo. El tiempo de duración de la prestación*depende de la duración del empleo anterior y* de la edad. Está restringido a un año hasta los 45 años. Mientras*se recibe el paro, el desempleado tiene obligación de presentarse*asiduamente*en su 'Arbeitsamt', que*se esfuerza por colocar al mayor número posible de desempleados. Son infalibles. No se puede exigir a un parado que acepte un trabajo si el sueldo es considerablemente inferior al que venía recibiendo, es decir, si el trabajo es ofrecido en los tres primeros meses de desempleo y tiene una retribución menor del 80% del antes percibido.*A partir del quinto mes cobrando el paro, es obligatorio aceptar cualquier empleo*independientemente del sueldo. No obstante, se puede rechazar un empleo si los desplazamientos necesarios son superiores a 2,5 horas en total.*A personas sin vínculos familiares o solteros se les puede exigir el traslado a otro lugar*cuando no se prevea que en los tres próximos meses pueda recibir nuevas ofertas de empleo en su lugar de residencia.*Se le abonarán los gastos de traslado y se le concede un crédito de hasta 1.000 euros sin interesessiempre que el tiempo empleado en el desplazamiento supere las 2,5 horas. Aunque*el subsidio se acaba después de 30 meses, el Estado da otra ayuda*más baja y que se puede convertir en permanente. Por otra parte,*todos los parados que estén recibiendo la prestación están obligados a aceptar trabajos puntualespara la administración que se pagan a un euro por hora más gastos de transporte. Retirada de nieves o de hojas en otoño, sustituciones o trabajos de apoyo en guarderías o asilos de ancianos públicos, monitores de las escuelas de circulación vial para niños... En estos casos, siguen recibiendo al mismo tiempo su prestación. Pero si se niegan a aceptar, perderían el derecho a ella. ITALIA En Italia no es el Estado quien paga el subsidio de desempleo, sino las propias empresas, informa*Irene Hdez. Velasco. Las compañías con más de 50 empleados están obligadas a contribuir a un*fondo de desempleo gestionado por el Estado, la 'cassa integrazione'. De ese modo, cuando una empresa se encuentra en dificultades y decide suspender las prestaciones laborales de algunos de sus trabajades o reducir su horario, se echa mano del dinero de esa caja para pagarles. Los trabajadores afectados reciben una retribución equivalente al 80% de su sueldo por un tiempo que en teoría no debería superar*las 13 semanas consecutivas, aunque*con las sucesivas*prórrogas puede llegar a los 12 meses, y en algunas zonas del país incluso a los 24. Pero la 'cassa integrazione' solo cubre a los empleados de empresas con más de 50 trabajadores.Los trabajadores de empresas más pequeñas no ven un céntimo*de ese dinero ni cobran ningún subsidio por quedarse en paro. Sin embargo, la legislación laboral es tan restrictiva que*a los empleados con un contrato fijo es prácticamente imposible despedirles. REINO UNIDO Las ayudas al desempleo ('jobseeker allowance') son cuantitativamente menores que en España y cubren los mínimos de supervivencia, pero*están complementadas con 'benefits'*o subsidios (ayudas a la vivienda, a familias con hijos) para adaptarlas a las circunstancias personales,*informa Carlos Fresneda. Aun así, el sistema está pasando una drástica reforma, ideada por el conservador Iain Duncan-Smith