Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
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Tema: Solicitar documento unico a SAC de varias tarjetas.

  1. #11
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    En este post parece que no quieres que se enteren de tu dirección actual.
    http://www.foroantiusura.org/threads...o-de-domicilio

    Ayer, 23:39
    En este post estas preguntando como pedir las pólizas de los seguros.
    http://www.foroantiusura.org/threads...Ingles-etc-etc

    00:13
    En este post parece que quieres pedir la documentación.
    http://www.foroantiusura.org/threads...arias-tarjetas

    Hola Joselorente, he estado leyendo tus hilos que he señalado arriba, y quería darte mi opinión, yo también tengo una discapacidad y he conseguido que me cubrieran parte de esos seguros.

    El tema de que te concedan una incapacidad, es bastante complejo y ahora la cosa está todavía peor. Según dices llevas un año y 8 meses de baja, durante ese tiempo habrás estado cobrando de la empresa y de la mutua que tuviera tu empresa, esto será así hasta que te concedan una incapacidad o no, y volvieras a trabajar.

    Ahora bien, la baja médica (PARTES MEDICOS DE BAJA DE INCAPACIDAD TEMPORAL), se terminan a las 52 semanas. A partir de ahí te van concediendo unas prorrogas en función de la enfermedad, y lógicamente a partir de ahí, te van sometiendo a una serie de reconocimientos en el cual deciden si lo van prorrogando, o toman alguna determinación.

    Lo que te quiero indicar con esto, es que debes haber pasado algún tipo de reconocimiento en el cual te hayan diagnosticado un grado de discapacidad temporal, a mí me lo hicieron al año de estar de baja.
    ¡OJO! No digo que te hayan concedido una discapacidad.

    Lo que digo, es que te dan un DICTAMEN MEDICO FACULTATIVO en el cual hacen una NOTIFICACIÓN SOBRE EL GRADO DE DISCAPACIDAD, que será la que según ellos te corresponda, ya sea un 20%, 33%, 60% u 80%. Más adelante, tras otro reconocimiento, harán un DICTAMEN DE PROPUESTA, solicitando al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, que se te conceda una discapacidad y al final es el INSS el que con la RESOLUCIÓN, concede la incapacidad (que crean que corresponde).

    Todo esto te lo digo, porque no sé en qué punto estas y dependiendo del punto en que estés, y de las cláusulas que tengas en esos supuestos seguros, en un futuro podrías exigir la cobertura de esos seguros de una manera o de otra, dependiendo de tu caso. He leído que tienes un abogado llevando el asunto de la incapacidad, por lo tanto entiendo, que aun no tienes una resolución.

    En muchos de esos seguros se contempla que a partir de estar 60 días de baja, las aseguradoras deben hacerse cargo de los pagos de las primas, independientemente de la incapacidad, por eso creo que deberías mirarlo todo muy bien.

    Yo lo primero que haría, seria pedir documento único y contrato de esas tarjetas a las entidades y de momento nada más.
    En esa documentación verás quienes son las compañías aseguradoras y qué se contempla en las condiciones del seguro. Una vez sepas esto, te será mucho más fácil decidir cómo proceder.

    Si empiezas preguntándoles que si tienes derecho a algo porque te pasa esto o lo otro, ya te digo que se te van a cerrar todas las puertas y te van a poner todas las trabas del mundo.
    Por eso te digo que, de momento, no les digas nada de tu enfermedad, hasta que hayas podido ver claramente lo que pone en esas cláusulas del seguro. Es lo que yo haría. Un saludo.


    Te dejo el siguiente cuadro a modo informativo:

    Grados

    · Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual:
    Aquella que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para dicha profesión, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma.
    · Incapacidad permanente total para la profesión habitual:
    La que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de dicha profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.
    · Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo:
    La que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.
    · Gran invalidez:
    La situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.
    Cada uno de estos grados en que se clasifica la incapacidad permanente dará derecho, en su caso, a la correspondiente prestación económica por incapacidad permanente.

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  3. #12
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    Solicitar documento unico a SAC de varias tarjetas.

    Hola, gracias por la explicacion.
    Tu me estas hablando de la Seguridad Social. Yo soy funcionario del Estado y vamos por otro lado. Claro que he pasado varios reconocimientos!!!!! Pero aun me quedan algunos porque les cuesta mandar a alguien para casa. Yo sigo cobrando en mi casa.

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  5. #13
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    Cita Iniciado por Sanblas Ver mensaje
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    Ayer, 23:39
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    En este post parece que quieres pedir la documentación.
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    Hola Joselorente, he estado leyendo tus hilos que he señalado arriba, y quería darte mi opinión, yo también tengo una discapacidad y he conseguido que me cubrieran parte de esos seguros.

    El tema de que te concedan una incapacidad, es bastante complejo y ahora la cosa está todavía peor. Según dices llevas un año y 8 meses de baja, durante ese tiempo habrás estado cobrando de la empresa y de la mutua que tuviera tu empresa, esto será así hasta que te concedan una incapacidad o no, y volvieras a trabajar.

    Ahora bien, la baja médica (PARTES MEDICOS DE BAJA DE INCAPACIDAD TEMPORAL), se terminan a las 52 semanas. A partir de ahí te van concediendo unas prorrogas en función de la enfermedad, y lógicamente a partir de ahí, te van sometiendo a una serie de reconocimientos en el cual deciden si lo van prorrogando, o toman alguna determinación.

    Lo que te quiero indicar con esto, es que debes haber pasado algún tipo de reconocimiento en el cual te hayan diagnosticado un grado de discapacidad temporal, a mí me lo hicieron al año de estar de baja.
    ¡OJO! No digo que te hayan concedido una discapacidad.

    Lo que digo, es que te dan un DICTAMEN MEDICO FACULTATIVO en el cual hacen una NOTIFICACIÓN SOBRE EL GRADO DE DISCAPACIDAD, que será la que según ellos te corresponda, ya sea un 20%, 33%, 60% u 80%. Más adelante, tras otro reconocimiento, harán un DICTAMEN DE PROPUESTA, solicitando al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, que se te conceda una discapacidad y al final es el INSS el que con la RESOLUCIÓN, concede la incapacidad (que crean que corresponde).

    Todo esto te lo digo, porque no sé en qué punto estas y dependiendo del punto en que estés, y de las cláusulas que tengas en esos supuestos seguros, en un futuro podrías exigir la cobertura de esos seguros de una manera o de otra, dependiendo de tu caso. He leído que tienes un abogado llevando el asunto de la incapacidad, por lo tanto entiendo, que aun no tienes una resolución.

    En muchos de esos seguros se contempla que a partir de estar 60 días de baja, las aseguradoras deben hacerse cargo de los pagos de las primas, independientemente de la incapacidad, por eso creo que deberías mirarlo todo muy bien.

    Yo lo primero que haría, seria pedir documento único y contrato de esas tarjetas a las entidades y de momento nada más.
    En esa documentación verás quienes son las compañías aseguradoras y qué se contempla en las condiciones del seguro. Una vez sepas esto, te será mucho más fácil decidir cómo proceder.

    Si empiezas preguntándoles que si tienes derecho a algo porque te pasa esto o lo otro, ya te digo que se te van a cerrar todas las puertas y te van a poner todas las trabas del mundo.
    Por eso te digo que, de momento, no les digas nada de tu enfermedad, hasta que hayas podido ver claramente lo que pone en esas cláusulas del seguro. Es lo que yo haría. Un saludo.


    Te dejo el siguiente cuadro a modo informativo:

    Grados

    · Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual:
    Aquella que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para dicha profesión, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma.
    · Incapacidad permanente total para la profesión habitual:
    La que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de dicha profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.
    · Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo:
    La que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.
    · Gran invalidez:
    La situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.
    Cada uno de estos grados en que se clasifica la incapacidad permanente dará derecho, en su caso, a la correspondiente prestación económica por incapacidad permanente.

    Creo que no lo has leido bien ,mira lo subrayado,claro que cobraras de la empresa estando en casa,¡si estas de baja,no te han despedido,¿quien quieres que te pague?,pues tu empresa,la mutua, la seguridad social o a quien corresponda pagar a las personas con bajas de larga duracion en proceso de tramitacion de una posible incapacidad.
    Seas funcionario o no.

    Estos seguros cubren el desempleo y la incapacidad en determinados grados.
    Por eso debes pedir los contratos ,para saber si cubren solo el desempleo o las dos cosas o ninguna.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

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  7. #14
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    Solicitar documento unico a SAC de varias tarjetas.

    Si que lei bien!!! Pero el compañero Sanblas habla de un tema basado en la Seguridad Social.
    A mi no me valora la incapacidad la Swguridad Social. Me la valora mis servicios medicos y cuando me den la incapacidad correspondiente me la convalidan con la SS.

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  9. #15
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    Cita Iniciado por Joselorente Ver mensaje
    Si que lei bien!!! Pero el compañero Sanblas habla de un tema basado en la Seguridad Social.
    A mi no me valora la incapacidad la Swguridad Social. Me la valora mis servicios medicos y cuando me den la incapacidad correspondiente me la convalidan con la SS.

    Pero vamos a ver, independientemente de quien te valore la incapacidad,tendras que saber que coberturas tienen esos seguros que es de lo que se trata,¿no?.

    No tiene nada que ver quien te valore la incapacidad,primero las coberturas y cuando las tengas ya miraras de que manera solciitar tus derechos sobre estas.

    Si no tienes informacion sobre esas coberturas no te sirve de nada quien te de la incapacidad porque no sabras si te la cubre la poliza o no.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

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  11. #16
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    Solicitar documento unico a SAC de varias tarjetas.

    Claro claro, ahora mismo estoy preparando los documentos unicos de esas 3 compañias. Que me lo manden y veremos.

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  13. #17
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    Cita Iniciado por Joselorente Ver mensaje
    Claro claro, ahora mismo estoy preparando los documentos unicos de esas 3 compañias. Que me lo manden y veremos.

    Paciencia y a ver como "respiran".
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

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  15. #18
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    Solicitar documento unico a SAC de varias tarjetas.

    Ya ya.... A ver q mandan!!

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  17. #19
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    Cita Iniciado por Wilfra22 Ver mensaje
    Pero vamos a ver, independientemente de quien te valore la incapacidad,tendras que saber que coberturas tienen esos seguros que es de lo que se trata,¿no?.

    No tiene nada que ver quien te valore la incapacidad,primero las coberturas y cuando las tengas ya miraras de que manera solciitar tus derechos sobre estas.

    Si no tienes informacion sobre esas coberturas no te sirve de nada quien te de la incapacidad porque no sabras si te la cubre la poliza o no.
    Wilfra tiene toda la razón, es lo que debes hacer.

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  19. #20
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    A modo de información y que entiendas que mi intención es solo ayudar:


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