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Tema: FINANCA. Embargo de nómina

  1. #11
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    Sigo diciendo lo mismo, hasta que no haya juicio, no puede haber embargo; y si te han notificado el monitorio el día 9, tienes 20 días laborables para oponerte. Es imposible lo del embargo ya, puesto que todavía tienes tiempo para oponerte; cosa que debes hacer, argumentando que no reconoces la deuda.
    Pásaselo a tu abogado, debería personarse en el juzgado y ver como va todo y si no lo ha hecho antes, prepararte el escrito de oposicion.
    Que si tengo problemas con los Bancos???, mas bien los Bancos los tienen conmigo, jajajaja.
    Si la vida te da la espalda, tócale el culo.

  2. #12
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    Sí es verdad que es muy raro, que el ministerio de educación te comunique el embargo de tu nómina es como si mi empresa en vez de llamarme el jefe a su despacho y decirmelo, me lo comunicara por escrito, pero digo yo ¿y al ministerio de educación quien le ha dado la orden de embargar, no lo pone en el escrito? por que a mi empresa si que llega del juzgado la comunicación para embargar y allí pone la cantidad y la entidad que te ha demandado, o bien no es por lo de Financa o no lo entiendo, primero coméntalo con el abogado que lo mire todo bien y si no está claro al juzgado, luego nos cuentas.

  3. #13
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    si ya lo han recibido sera por algo creo yo

  4. #14
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    Joer AMARTVA, evidentemente, pero raro, es muy raro; si está en periodo en poder presentar oposición al monitorio, no pueden embargar...., no crees????; por eso lo mejor es personarse en el juzgado y ver que esta pasando, al menos eso haría yo.
    Que si tengo problemas con los Bancos???, mas bien los Bancos los tienen conmigo, jajajaja.
    Si la vida te da la espalda, tócale el culo.

  5. #15
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    ya a mi pintense ya no me sorprende nada,yo flipo con todos estos ********* sin ser presuntos


    NOTA DE MODERADOR: Si bien no se cita a quién se refiere, se ha repetido ya numerosas veces y con numerosos post que esto no son formas. NO-SON-FORMAS.. Los calificativos subidos de tono expresados integramente con todas sus letras deben dulcificarse en lo estético al menos, o usar asteriscos entre letras.
    Última edición por xxxxxxxxx; 23/03/2012 a las 06:29 Razón: corrección del texto por excesivo en los cailifativos

  6. #16

    xxxxxxxxx
    Avatar de xxxxxxxxx
    No se puede hacer un embargo sin juicio si hay oposición, claro. Para haber juicio debe haber oposición previa. Si se ha celebrado juicio porque no se localizó a la parte que se opone tal vez entraría dentro de lo posible el embargo PERO...

    ... si el monitorio se comunica el día 9 (entiendo de este mes) es imposible que el día 20 ya haya un embargo.

    A partir del día 9 hay 20 días hábiles para oponerse por lo tanto nos vamos a fin de mes. Tras el fin de mes, el juez comunica a la otra parte que hay oposición y entonces la parte demandante analiza si seguir o no adelante, para lo cual dispone de 30 días.


    Si es así y quiere seguir, lo hace saber al juzgado y se fijará la vista que no es ni mucho menos de un día para otro y más si ese día aún no se ha cumplido porque entiendo que hablamos del mes actual. Estaríamos hablando de a meses vista.

    Conclusión: Eso es rarísimo y no, no cabe los "a mí no me sorprende nada". Todo sigue unos cauces legales porque no hacerlo así dejaría en absoluto desamparo a las partes afectadas.

    Es como si te embargan antes del monitorio o como si te embargan antes de conocer a la entidad que te va a prestar el dinero que supuestamente no pagarás, o que te embarguen por una deuda sin haber nacido aún siquiera.

    No sé siquiera si recibiendo el monitorio el día 9, yendo al juzgado el día 10 y decir, que sí, "que te embarguen por favor mejor hoy que mañana", el embargo llega tan rápido.

    Por otro lado, en una empresa grande o del tamaño del Ministerio de Educación, los embargos no los comunica el "jefe". Los comunica en todo caso Recursos Humanos que, en este caso, ellos denominan como "el Ministerio" ya que se ocupa de los pagos, horarios y la política educacional, entre otros numerosos aspectos.

    Otra cosa es que sea una empresa muy pequeña con muy pocos trabajadores donde el dueño o la gestoría hace todas las gestiones como la de depositar el pago en cuenta del juzgado.
    Última edición por xxxxxxxxx; 23/03/2012 a las 06:39

  7. #17
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    Amen vengeur; eso e lo que llevo diciendo desde el principio; sin mas comentarios.
    Que si tengo problemas con los Bancos???, mas bien los Bancos los tienen conmigo, jajajaja.
    Si la vida te da la espalda, tócale el culo.

  8. #18
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    Cita Iniciado por nurimja Ver mensaje
    A ver, no sé si no me explico bien, en la documentación que recogí del juzgado aparece toda la documentación que aporta FINANCA para denunciarme: recibos pagados, no pagados, etc...Miamigo y abogado me explicó que al no localizarme el juzgado en el domicilio que tenía antes financa, me localizaron en el actual y allí mandaron la documentació, al juzgado de la localidad donde vivo ahora.Es un exorto según él mre explicó.Perdonarme si no me explico bien, pero es que estoy bastante nerviosa porque, aunque gracias a Dios que tengo trabajo, yo soy la que mantiene a mi familia( marido parado, niña pequeña y mi madre enferma) por loque no atino ni con las letras del teclado, disculpad.
    Los de financa durante meses se negaron a enviarme la documentacion que les solicitaba ( desglose de de lo que les debía y había pagago, copia del contrato de préstampo, ...)Despues derivaron toda la documentación a un bufete de abogados De Sevilla los cuales me pedían integro el préstamo( y ya les había pagado más de un año, un préstamo de 2500 por los que ya había pagado 14 cuotas de 98E). y DESPUES ME DENUNCIARON JUDICIALMENTE, Y AQUI ME ENCUENTRO.
    El eshorto es una peticion que hace un juez a otro de su mismo grado pero de otra jurisdiccion para que ejecute un acto. Se puede pedir que se ejecute una accion como avisar de un monitorio, pero tambien se puede pedir en el exhorto que se ejecute una sentencia de embargo.
    Si tu abogado te ha dicho que es un exorto, el sabra deducir o no se que se trata ese exhorto, si es para embargarte o para citarte al monitorio.
    Tambien puede ser que se llevara a cabo la citacion en tu domicilio anterior por medio de edicto (segun va la administracion,yo si, me espero cualquier cosa) y al no presentarse pasara a via ejecutiva y el exhoro actual sea para ejecutar la orden de embaro.
    Lo que no entiendo es que si has consultado a un abogado no te lo haya explicado mejor.Yo no soy abogado,que conste, pero buscando informacion se entera uno de muchas cosas.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  9. #19
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    Buenos días;
    Entiendo que lo primero que has de hacer, es hablar con tu amigo abogado y que él te explique en qué momento procesal se encuentra tu asunto. No es posible que se haya dictado resolución y ejecución de la misma. A ver si el embargo se corresponde con otra reclamación que se hizo tiempo atrás. Desde luego que ningún juzgado dicta auto de ejecución de embargo en tan poco tiempo.

  10. #20
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    Otra puntualizacion mas.
    Si el prestamo con financa lo firmaste ante notario, me temo que directamente lo llevan a embargo.

    Lo que me extraña es que tu abogado no te de mas explicaciones, pero sin datos no podemos saber.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

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