Hola, he estado leyendo sobre las reclamaciones a las entidades de credito por comisiones de reclamacion de deuda, y que en el 99% de los casos se devuelve al cliente.
Pero revisando en mi contrato de Cofidis, hay una clausula, la "8. Comisión de Devolucion" en el que se establecen unas cuotas de 6€, o 12€ o un mínimo de 18€ en funcion del recibo devuelto.
Entonces si yo he firmado el contrato dando conformidad a estas clausulas, ¿puedo reclamar estas comisiones? ¿O es que no es lo mismo la comision de devolucion que la de reclamacion de deuda?