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Tema: aigon capital

  1. #1
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    Avatar de kelly2005
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    aigon capital

    una deuda de hace 20 años con caixa cataluña por 13000 euros de mi cuñado, mi suegro le firmo como avalista y ahora nos llega carta de aigon capital condonando un tanto por ciento de la deuda, carta tambien del juzgado de badalona, diciendo que esta en tramite, por otra parte aigon capital, insiste con la condonacion, he llamado para pedirles que dicha condonacion me la manden por carta certificada que yo pueda justificar en su dia su pago, me dicen que me la mandan por mensajero, que tambien tengo que firmar al recibirla, podria aceptar esto ? mis suegros estan dispuesto a pagar pero de una forma segura, no se si fiarme, espero respuesta, graicas

  2. #2
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    Avatar de Maria Hurtado
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    te mandan la carta........cuando la subas aquí veremos que dice, como vamos a decirte si la carta esta bien ó mal sin leerla.
    en la carta debe poner que tras el pago cancelan las acciones judiciales.
    Hacer el amor es un placer, pero sonreír a quien te odia mientras le perdonas la vida es el orgasmo más grande que te puedas imaginar.D

  3. #3
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    Y si en esos 20 años no os han comunicado nada, no se supone que ya no pueden reclamar por que han pasado 15 años????
    Y dejé de dar explicaciones cuando comprendí que la gente solo entiende desde su nivel de percepción, nivel de consciencia y nivel de educación.

  4. #4
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    Se supone.
    Si no les ha llegado ninguna reclamacion fehaciente.
    Si lo que han recibido ha sido correo ordinario no interrumpe la prescripcion.
    Y el derecho a reclamar esa deuda ha prescrito hace 5 años.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  5. #5
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    El derecho a reclamar las deudas prescribe a los 15 años.
    No pueden,ni intentar cobrarla,ni demandarte ni ponerte en ficheros de solvencia.
    Si han comprado na deuda con los derechos para reclamarla prescritos (y bien barata que habra sido) se la comen con patatas.
    No pagueis ni un centimo. Os van a timar.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

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  7. #6
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    estoy con wilfra ,pero dices que te ha llegado del juzgado de barcelona un carta,subela,no vaya ser que sea una carta basura...

  8. #7
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    la carta del juzgado es como una ejecucion de sentencia y por eso pienso que no esta prescrita, yo digo lo de la carta del mensajero sera fiable como si se recibe certificada? la carta del juzgado la tiene mi suegro a ver si me la da y la subo. gracias

  9. #8
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    se supone que habra habido juicio y mi cuñao no se presentaria a el, mi suegro solo era el avalista y no sabe nada, no hay comunicacion con su hijo ( el de la deuda)

  10. #9
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    Tambien prescribe el plazo para ejecutar sentencias.
    Prescribe a los 5 años desde que la fecha de la sentencia firme.

    Ojito con las fechas.
    Te repito,os quieren timar.
    Estos han comprado una deuda incobrable y estan a ver si pescan algo.
    Si es una deuda ya juzgada,para cobrarla nada mas facil que pedir al juzgado que ejecute embargo.
    Si el plazo para pedir esa ejecucion se les ha pasado,lo unico que pueden hacer es intentar lo que estan intentando. Acojonar al deudor para que pague.

    No pagueis ni un euroooo.
    Que no pueden cobrar ni con el juzgado,quecse compren un euro de bosque y se pierdan.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

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  12. #10
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    gracias wilfra22 es lo que yo pienso tambien es un timo, pero las personas mayores se acojonan facilmente,

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