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Ahora que se ha refrescado este hilo, me viene a la cabeza porque en su momento se me pasó y el tiempo es el olvido, el asunto de la comisión por descubierto. La cosa es que monchito hablaba de una reclamación al BdE sobre la comisión basándose en el sobrecoste del descubierto y yo por mi parte, alegué que ese sobrecoste no existía y que no había reclamación posible frente al BdE. Bien, por lo que sea no nos supimos poner de acuerdo y converger hacia un punto concreto que es el de la reclamación en sí. El caso es que por el lado del BdE si la posibilidad de descubierto existe en el contrato y el cálculo está correctamente hecho, hay un porcentaje muy alto (yo creo que total) de que la reclamación te la echen atrás. Pero ojo, monchito explicaba que acudieras al BdE, cuando él había conseguido resultados con una comisión de esas características, y tenía razón, pero por la vía judicial (tengo curiosidad por saber si había acudido antes al BdE y el resultado de ese informe, si lo hubo). Bueno, a lo que iba es que sepas que puedes reclamar la comisión por descubierto, pero por el juzgado.
"Que Dios se apiade de mis enemigos, porque yo no lo haré"
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Creo que lo tengo.
En ambas tablas de excel he puesto el interés legal del dinero (3.5% y 4% según el año) además del 5% de penalización.
¿Correcto?
Sobre las cartas, lo único que he cambiado es el concepto . En una he puesto "Comisiones por Gastos gestión reclamación descubierto" y en la otra "Comisiones por gastos de reclamación de posiciones deudoras".
¿El resto del texto va igual en ambas?
Ya me decís...
Muchas graciasGTOS.GESTION RECLAMAC. DESCUBIERTO BBVA.pdfGTOS.RECLAMAC. POSICIONES DEUDORAS BBVA.pdf
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Iniciado por
Olga Ch
Creo que lo tengo.
En ambas tablas de excel he puesto el interés legal del dinero (3.5% y 4% según el año) además del 5% de penalización.
¿Correcto?
Sobre las cartas, lo único que he cambiado es el concepto . En una he puesto "Comisiones por Gastos gestión reclamación descubierto" y en la otra "Comisiones por gastos de reclamación de posiciones deudoras".
¿El resto del texto va igual en ambas?
Ya me decís...
Muchas gracias
GTOS.GESTION RECLAMAC. DESCUBIERTO BBVA.pdfGTOS.RECLAMAC. POSICIONES DEUDORAS BBVA.pdf
Bueno, en realidad no procedería la penalización del 5% en ninguna de las 2, porque no son créditos al consumo.
Yo pondría el nombre de la comisión en cada caso tal cual la representan ellos, ya que así no les das pie a que te respondan que ellos no han aplicado una comisión con ese concepto. Especifica el producto (cuenta o préstamo) y a correr. Por lo demás, esta correcto.
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