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Aquí es donde yo me lio, lo de la manera fehaciente de comunicar las deudas, por un lado indicais que esa es la forma correcta, pero otra veces decis que pueden hacer lo que quieran, yo de todas las que tengo, nadie me ha mandado ni burofax, ni carta certificada, ni telegrama, ni nada, pero te incluyen en las listas de morosos y no podemos hacer nada????, o venden las deudas a empresas de recobros y tampoco podemos hacer nada??? o te meten monitorios sin tampoco haberte comunicado nada???.
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jep
Aquí es donde yo me lio, lo de la manera fehaciente de comunicar las deudas, por un lado indicais que esa es la forma correcta, pero otra veces decis que pueden hacer lo que quieran,
Cuando indicamos que es la forma correcta de hacerlo, es porque es así como deberían hacerlo.
Y en realidad no decimos que pueden hacer lo que quieran, sino que hacen lo que quieren, que no quiere decir que lo hagan bien.
yo de todas las que tengo, nadie me ha mandado ni burofax, ni carta certificada, ni telegrama, ni nada, pero te incluyen en las listas de morosos y no podemos hacer nada????,o venden las deudas a empresas de recobros y tampoco podemos hacer nada??? o te meten monitorios sin tampoco haberte comunicado nada???.
Está claro que hacen lo que quieren y casi siempre lo hacen mal, pero mientras los que tienen que poner freno a esto, lo consientan, mal vamos.
De la conducta de cada uno depende el destino de todos.
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A ver, creo que no se ha entendido bien el tema de las comunicaciones fehacientes.
En ningún sitio dice que la entidad o el fichero te tengan que comunicar fehacientemente que vas a ser incluido en dichos ficheros, no lo pone en ningún sitio.
Las comunicaciones fehacientes se refieren a reclamarte la deuda, hecho imprescindible previo a la presentación de una demanda ante los tribunales de justicia, en ese caso si que es imprescindible que puedan demostrar ante el juzgado que te han reclamado dicha deuda y la unica forma de demostrarlo, es con la presentación de algún documento que demuestre que has recibido esa reclamación de deuda.
Y por supuesto que el monitorio sólo será válido cuando has firmado ante el secretario judicial su recepción, o cuando el juzgado tiene constancia por acuse de recibo de que lo has recibido, sino no puede darse por entregado y/o comunicado el citado monitorio.
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?
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danagui,
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Pues es lo yo estoy intentando comprender, de acuerdo con la recepción de los monitorios ( o lo recoges tú en el juzgado o te lo entregan en casa), pero te lo pueden poner sin antes comunicarte la deuda de manera fehaciente, a mi me llegan los monitorios o directamente juicios verbales y las empresas acreedoras no me han comunicado nada de manera fehaciente????
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jep
Pues es lo yo estoy intentando comprender, de acuerdo con la recepción de los monitorios ( o lo recoges tú en el juzgado o te lo entregan en casa), pero te lo pueden poner sin antes comunicarte la deuda de manera fehaciente, a mi me llegan los monitorios o directamente juicios verbales y las empresas acreedoras no me han comunicado nada de manera fehaciente????
Pues ese simple detalle es un argumento válido para la oposición a ese monitorio, que a ti nadie te ha reclamado ninguna deuda, ya ves que cosa más simple.
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Hoy mi amiga se ha en con tardó co el saldo negativo de la cuenta es inexistente y en su lugar como movimiento pone inicio contencioso ha llamado al Santander y le han pasado con lucania y le han dicho que paga todo lo in corriente que son dos letras de préstamo el negativo de la cuenta y un cargo de este mes de la tarjeta a final de mes o se lo piden todo de una vez lo pueden hacer ?
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