Cita Iniciado por erinias Ver mensaje
Entonces se puede dar de baja por teléfono verdad?
Si te "obligan" a contratar un seguro asociado a un producto financiero, de forma que si no lo contratas, no obtienes el producto, e independientemente de la ilegalidad de dicha práctica, tienes derecho a desistir del mismo gratuitamente y sin ningún cargo en el plazo de 15 días si el seguro no es de vida, y de 30 si sí que lo es. La renuncia o desistimiento ha de comunicarse en soporte duradero (vale carta certificada con acuse de recibo, o si la entidad habilita una dirección de correo electrónico para este fin y así lo comunica, pues también):

http://www.dgsfp.meh.es/gaspar/SEven...Resolucion.asp

Si ya han pasado dichos plazos, en cualquier momento se puede dar de baja un seguro comunicándolo de la misma forma que en el caso anterior a la aseguradora.