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Tema: ¿Es muy frecuente que un fondo buitre recompre una deuda?

  1. #1
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    ¿Es muy frecuente que un fondo buitre recompre una deuda?

    Me gustaría saber si tenéis alguna idea de esto: la pesadilla de que vayas a salir del ASNEF y compre la deuda un fondo buitre ¿cómo es de frecuente? ¿se da más en determinadas deudas (eléctricas, telecomunicaciones, bancos...)?

    Gracias

  2. #2
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    Da igual quien la compre y cuando la compre: la fecha en que se dio por vencida la deuda es a efectos legales la que cuenta. Una vez que el producto ha cumplido 6 años desde esa fecha, deben darte de baja en el fichero. Y no hay fondo buitre o buitre sin fondos que pueda mover eso.
    "Que Dios se apiade de mis enemigos, porque yo no lo haré"

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  3. Me gusta maricarm. indicó/indicaron que le/s gusta esto.
  4. #3
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    Gracias Caninus, entonces estoy equivocada, porque yo pensaba que al comprarlo el fondo este empezaban de nuevo los 6 años. No es cierto entonces?

  5. #4
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    Hazte con algo que demuestre la fecha de vencimiento del producto y con eso y los 6 años cumplidos, carta al fichero. ¿Y el fondo? Bien, gracias.
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  6. #5
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    Y cuando se supone que la deuda se da por vencida

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  7. #6
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    Cuando ha llegado el día de pago y no las has puesto o por decirlo de otra manera, cuando transcurrido el plazo de abono no has hecho efectivo el importe.
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  8. #7
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    ¿Es muy frecuente que un fondo buitre recompre una deuda?

    La respuesta es que sí. Es frecuente, porque para los bancos y financieras, los deudores son una molestia, muchas de ellas no saben tratarlos, primero llaman ellos reclamando, normalmente durante un mes, si no recupera, lo mandan a una empresa de recobro y si no puede recuperar la deuda, suelen vender la deuda a un fondo. ¿Por qué venden en vez de llevarte a juicio?. Simplemente porque no es rentable, no está preparados para llevar a todo sus deudores a juicio, sí que llevan a juicio a aquellos que ven con posibilidades, tienen que llevar a gente a juicio ellos mismos para que la gente sepa que pasa algo cuando no se paga la deuda. Por tanto llevan a juicio a una minoría, el resto lo mal venden, simplemente para recuperar algo, pero sobre todo quitarse ese lastre de sus balances.

    ¿Qué pasa con los 6 años que se está en los registros de impagados?
    Bueno, en asnef, han puesto una fecha de alta, y una fecha de alta del último acreedor, si todo es correcto, tendrás que salir a los 6 años de la fecha del alta. Lo que ocurre muchas veces, es que se recompra la deuda, el deudor primero da de baja el apunte en el asnef porque ya no es dueño de la deuda, el nuevo dueño, pasado unos meses, te mete de nuevo, esta vez con una fecha de alta nueva, ¡ siendo la misma deuda !. Y aquí es donde está el problema en demostrar que la deuda es la misma que había hace meses. Tendrás que enviar al asnef la comunicación de la compra de la deuda y las reclamaciones y apuntes del anterior dueño, porque sino asnef va a hacer caso a su cliente, pasando de ti, y tendrás que reclamar a la agencia de protección de datos, pero para reclamar a la AGPD, tienes que tener documentación también, si no estás perdido, te han metido en asnef de nuevo por la misma deuda incumpliendo la Ley. Esto pasa todos los días, esto es España y aquí no hay control sobre estos temas.
    Última edición por Durnik; 01/08/2016 a las 09:21
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  10. #8
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    ayer mismo he metido 72 reclamaciones por deuda comprada por un fondo buitre (holding47) a bankia, siendo deudas de prestamos personales y algunos llevan impagados desde 2004, lo que ha hecho el fondo es volver a darlos de alta en ficheros como una inclusion nueva con fecha de alta de la deuda de 2014.
    asi que toca reclamar a los ficheros (porque la deuda no es veraz, cierta ni exigible) para demostrar esto tienen que decir de cuando es la deuda, y en ese momento solicitar su retirada por ser de una antiguedad superior a seis años, el problema es que los ficheros de morosos la unica gestion que hacen de tu reclamacion es escribir un mail al inclusor (en este caso fondo buitre) y decirle que si esta correcto, el otro dice que si (palabra tecnica: se ratifica) y te desestiman la reclamacion.

    Asi que hay que ejercitar tu derecho de aceso (ARCO) ante el inclusor, y tiene que ser de forma fehaciente (carta certificada aunque sea a un apartado postal), esperar un mes, y si no te contestan o no te aportan la documentacion denunciar ante la AGPD siguiendo el proceso que ya hemos explicado otras veces.

    La AGPD es la policia de esto, pero es una policia muy rara, como la de los comics de mortadelo, se lo tienes que dar todo mascado, muy clarito, y si el malo viene con una pistola y cubierto de rojo, asumen que es de agua y ketchup.

    Lo unico bueno es que cuando sacuden dan fuerte, y muchas empresas que saben que no lo hacen bien se asustan por si el dia que ponen una sea para ellos.

  11. #9
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    A mí me incluyo el Santander en diciembre del 2015. Me sacaron en mayo y en julio me han vuelto a inscribir el mismo banco Santander con fecha de julio del 2016.
    Cuando cumpliría los 6 años para que prescriba? En diciembre o en julio?
    Gracias

  12. #10
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