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Amemoran
No me aportaron nada más. Sólo el monitorio y la factura.
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Debe de haber más papeles de ese Monitorio, si no es así no salgo de mi asombro una vez más, Puedes colgarlos todos porfa??? Y así salimos tod@s de Dudas, Saludos!!!
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Alega : falsedad en documento mercantil (la factura) y solita al Juzgado que pida a la AEAT que confirme si efectivamente ha recibido el pago del iva de esta factura que aportan en el 3 trimestre de 2016. Además se puede alegar que los honorarios son intereses encubiertos. Pide que se desestime por ser un contrato usurario
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Es que esto es muy fuerte.
En las condiciones generales de esta gente, en su punto 2 pone esto:
2.Objeto y Régimen Aplicable.
El Préstamo se regirá por las Condiciones Generales y las Condiciones Particulares, la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, La Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Créditos al Consumo, la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, el Real Decreto Legislativo 1/2007, 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, así como demás normativa general de aplicación.
La emisión de la Solicitud de Préstamo conlleva por parte del Prestatario la completa adhesión, sin reserva alguna, a las Condiciones Generales, y todo ello sujeto a la Decisión de Préstamo.
Con que digas que te opones alegando abusividad según los artículos 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, y 89 del TRLGDCU, de todas y cada una de las cláusulas que contienen las condiciones generales de contratación expuestas en su página web tendrás suficiente, que solicitas EXPRESAMENTE la celebración de la vista y que se aporta la redacción literal de dichos artículos (la imprimes y la añades al escrito de oposición), para la posterior constatación mediante vista oral del cumplimiento de los artículos referidos del citado Real Decreto Legislativo.
Lo que hay que ver, que cara tiene la gente…
De la conducta de cada uno depende el destino de todos.
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¿Y esto se lo han admitido a trámite? Yo cada vez alucino más con los juzgados... Luego con el PC le echo un ojo. Intenta subir lo que queda a ver si puedes (la segunda hoja del monitorio y la primera que, al menos yo, solo veo la mitad).
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Se admite creo yo por que no tienen ni idea de lo que estan admitiendo o es que no se han tomado la molestia ni de leerlo
Pides un prestamo y hasta te dan una factura con iva? Pero que es lo que hemos hecho? Pedir dinero prestado o comprar dinero?...
A mi me parece un presunto robo/fraude por escrito....y despues de escribirlo se quedan tan frescos...osuuosuuuu
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Última edición por MARIBELICA; 13/12/2016 a las 08:05
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madre mia en fin lo que hay que ver aunque no se de que me sorprendo visto lo visto incluido mi caso,en los juzgados de este pais no saben leer?o simplemente van a trabajar para no hacer nada ver pasar el tiempo y cobrarse el sueldo???......
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Gracias por vuestra ayuda. Luego os subo todo. No han aportado ningún contrato. Solo esa factura y mi dni y el dni del gerente de la empresa y ya bueno y un documento donde pone lo que reclama. Luego os lo subo. Gracias. Lo del iva ya me ha flipado en fin....
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Un monitorio se pone sobre cualquier deuda *demostrable* y real. No necesariamente sobre préstamos al consumo. Una simple factura basta para interponerlo. Y por 120€. Todo parece indicar de que éstos son "nuevos" en el chollete de los préstamos rápidos y no quieren perder ni un céntimo
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