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Iniciado por
Gofi
Gracias Amazona por la Respuesta, pero en la Información no pone que esa Deuda estuviese ya Juzgada no?? Porque si estuviese Juzgada se podría acojer al derecho de Retracto, vamos pienso yo.....
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Ese derecho solo se puede ejercer cuando la deuda se está discutiendo judicialmente.
Una vez sentenciada,no
Y en el artículo se refiere a una deuda que compran y al no comunicar al deudor esa compra,no se le ha permitido la opción de pagar al nuevo dueño.
Arrieritos somos.
Y en el camino nos encontraremos.
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Un fondo 'buitre' pierde una demanda en Tenerife por no informar a una consumidora...
Si, correcto Amazona , me explique mal, para el Retracto tiene judicializada, nunca Juzgada, correcto, me lié , Saludos!!
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"Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".
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Me alegro mucho los palos que están recibiendo estos últimamente
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