Pues si no lleva papeles ni el uno ni el otro..... ya me dira el juez que puede decir¡¡ me parece muy fuerte¡¡ Y cuanto hace que enviaste el dni?
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Los que tienen que domostrar que tienes una deuda con cofidis son ellos y con lo que aportan no lo demuestran...motivos para oponerte hay.
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Perdona si digo cosas con poco sentido es lo que da la ignorancia en estos temas. Lo de la indefension lo digo porque ellos presentan una deuda sin justificar ningún pago y yo no puedo demostrar que no es cierto
Que las condiciones no estén firmadas por mi las elimina de la ecuación?
Última edición por Gorililla; 17/03/2017 a las 23:34
Es uno de los motivos que se pueden añadir a la oposicion.....todos los motivos que se incluyan en tu oposicion serviran para defenderte.....asi que no estaras indefenso. Tranquilo...se te ayudará...hay tiempo sobrado.....
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Hola buenas tardes. Como ya te han dicho los compañeros no puede admitirse que sea “prueba” de la cantidad liquida que se reclama un documento unilateral emitido por la entidad bancaria en el que se hace constar como “resultado” de la liquidación un determinado saldo negativo, sin que siquiera se exponga con expresión de los correspondientes apuntes en cuenta de cargo y abono como se ha llegado a esa liquidación ( que permitan asi al demandado proponer y practicar prueba sobre la procedencia o improcedencia de las distintas operaciones de cargo y abono realizadas por la entidad en su cuenta corriente, que el permitan, en suma, defenderse).
Creo que con esto tienes un buen argumento de base para oponerte al monitorio... Mucha suerte
Es una faena porque ahora te vendría muy bien.
Los tienes todos.
Pues sube algunos para mirar el interés que te aplican, comisiones, si hay algún seguro, etc…
Una pregunta, si el banco por donde les pagabas desapareció, ¿a través de quien te han llegado estos últimos recibos?
Si ya habían puesto la demanda, no te mandan nada, claro.
El alegar indefensión puede ser un motivo de oposición, pero más contundente en este caso es que no se cumplen los requisitos señalados en el Artículo 812.1 de la LEC.
Ya no van a enviarte nada.
Si el contrato y las condiciones generales no está firmados por ti, no me atrevo a decirte que las elimine (porque depende del juez de turno), pero son puntos a tu favor.
Me vas a perdonar, solo he podido leer el escrito del monitorio y la documentación del juzgado. No he sido capaz de ver nada del contrato, si pudieras subirlo en pdf para poder leerlo te lo agradecería, es muy importante.
De momento, te haré alguna pregunta a ver si me las puedes contestar y algunas cosas que he observado.
¿Cuándo recogiste el monitorio?
¿En qué fecha exactamente dejaste de pagar?
La cláusula 9ª de las Condiciones Generales que mencionan en el escrito de la demanda, es una cláusula abusiva de vencimiento anticipado, es muy importante que subas ese contrato por las dos caras lo más nítido posible, por favor.
En el certificado de deuda aportado no se desglosan los intereses comisiones y demás, es impugnable.
No aportan recibos que justifiquen lo que demandan.
En fin…
Saludos.
Última edición por SanBlas; 19/03/2017 a las 04:54
De la conducta de cada uno depende el destino de todos.